El Colegio Farmacéutico de La Pampa celebra el fallo que protege el modelo sanitario de farmacia

25 abril, 2025 a las 13:00
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La Cámara Contencioso Administrativo Federal emitió una medida cautelar que suspende la aplicación de varios artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, en una decisión que reafirma el rol sanitario de las farmacias argentinas y la importancia del profesional farmacéutico.

Fallo a Favor del Modelo Sanitario

La Sala I de la Cámara, en el expediente 48.466/2023, concedió la medida cautelar solicitada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA). Esta acción buscaba la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 313 a 325 del DNU. La suspensión de estos artículos estará vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva.  

Desde el Colegio Farmacéutico de la provincia de La Pampa y FEFARA celebraron la decisión, considerándola una defensa crucial del modelo sanitario de farmacia, en contraposición a una visión puramente comercial. Argumentan que el DNU intentaba reducir a las farmacias a meros puntos de venta, tratando al medicamento como una simple mercancía sujeta a las leyes del mercado y debilitando su función esencial en la atención primaria de la salud.  

Consecuencias Inmediatas de la Medida Cautelar

La resolución judicial tiene implicancias directas sobre el funcionamiento del sector:

  • Responsabilidad Farmacéutica: Se restablece la responsabilidad de la farmacia en la compra, conservación adecuada, dispensa informada y el esencial consejo farmacéutico en el mostrador.  
  • Valoración Profesional: Se subraya el rol del farmacéutico como profesional de la salud indispensable para garantizar el uso seguro y racional de los medicamentos. La Justicia consideró que eliminar la exigencia de la presencia efectiva de un director técnico farmacéutico atentaba directamente contra la seguridad del paciente. Se reafirma que “no se puede concebir un modelo sanitario de farmacia sin la presencia del farmacéutico”.  
  • Control sobre Medicamentos de Venta Libre: Se frena la posibilidad de vender medicamentos, incluso los denominados de “venta libre”, fuera del ámbito farmacéutico. Esta práctica, según los farmacéuticos, vulnera los controles necesarios, pone en riesgo la salud pública al no existir medicamentos completamente inocuos y fomenta la automedicación peligrosa.  
  • Distribución y Dispensa: Queda suspendida la habilitación para que las droguerías vendan medicamentos directamente al público, medida que atentaba contra la estructura tradicional y definida del sector, donde los laboratorios producen, las droguerías distribuyen y son las farmacias las únicas habilitadas para la dispensa final al paciente.  

Esta medida cautelar representa un importante respaldo judicial para el modelo de farmacia centrado en la salud pública y el rol insustituible del profesional farmacéutico en el cuidado de la comunidad.