Mirá el calendario de feriados 2025: fines de semana largos y días no laborables, mes a mes

Mirá el calendario de feriados 2025: fines de semana largos y días no laborables, mes a mes
23 Noviembre, 2024 a las 11:00 hs.

El 2025 contará con 16 días feriados nacionales distribuidos a lo largo del año, de los cuales 12 son inamovibles, 4 son trasladables, y se suman 3 días no laborables con fines turísticos. Este esquema busca no solo conmemorar fechas históricas y religiosas, sino también fomentar el turismo interno, con fines de reactivación económica.

Además, el calendario incluye cuatro fines de semana extra largos, de hasta 4 días de descanso, ideales para planificar viajes o actividades recreativas. Entre los datos destacados, se encuentran los días no laborables estratégicamente ubicados en mayo, agosto y noviembre, que permiten extender fines de semana clave para el turismo y el descanso.

A continuación, presentamos el detalle de los feriados mes a mes, junto con las fechas destacadas para aprovechar al máximo los fines de semana largos y conocer las diferencias entre feriados puente y días no laborables.

Enero

  • Miércoles 1: Año Nuevo (feriado inamovible).

Marzo

  • Lunes 3 y martes 4: Carnaval (feriados inamovibles).
  • Lunes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).

Abril

  • Miércoles 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible).
  • Jueves 17: Jueves Santo (día no laborable).
  • Viernes 18: Viernes Santo (feriado inamovible).

Mayo

  • Jueves 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
  • Viernes 2: Día no laborable con fines turísticos.
  • Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

Junio

  • Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada desde el martes 17, feriado trasladable).
  • Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).

Julio

  • Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).

Agosto

  • Viernes 15: Día no laborable con fines turísticos.
  • Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).

Octubre

  • Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).

Noviembre

  • Viernes 21: Día no laborable con fines turísticos.
  • Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jueves 20, feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
  • Jueves 25: Navidad (feriado inamovible).

Fines de semana largos en 2025

  1. Del 1 al 4 de marzo: 4 días por Carnaval.
  2. Del 1 al 4 de mayo: 4 días por el Día del Trabajador y el día no laborable del viernes 2.
  3. Del 15 al 17 de agosto: 3 días por el día no laborable del viernes 15 y el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  4. Del 21 al 24 de noviembre: 4 días por el día no laborable del viernes 21 y el Día de la Soberanía Nacional trasladado al lunes 24.
  5. Del 6 al 8 de diciembre: 3 días por el Día de la Inmaculada Concepción de María.

Días no laborables con fines turísticos

El Gobierno estableció tres días no laborables con fines turísticos en 2025:

  • Viernes 2 de mayo: en la antesala del Día del Trabajador.
  • Viernes 15 de agosto: previo al Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  • Viernes 21 de noviembre: cercano al Día de la Soberanía Nacional, trasladado al lunes 24.

Estos días buscan “fomentar la actividad turística en el territorio nacional y desestacionalizar el turismo interno”, según el Ministerio del Interior.


Diferencias entre feriado puente y día no laborable

  • Feriado puente:
    • Es obligatorio y rigen las normas legales de descanso dominical.
    • Los trabajadores que trabajen tienen derecho a un pago extra equivalente al doble de su jornada habitual.
  • Día no laborable:
    • No es obligatorio, queda a discreción del empleador otorgarlo o no.
    • No implica pago adicional si el trabajador presta servicios.

Esta distinción afecta tanto a empleados como a empleadores en términos de remuneración y condiciones laborales.

fuente: Infobae

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