La Sala “A” del Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy 20 de noviembre de 2024 la sentencia emitida por el Juez de Audiencia Dr. Marcelo Pagano, en un fallo que atrajo atención pampaeana por la complejidad y las implicancias éticas y legales de los hechos. Guillermo Federico Ander Egg fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el delito de supresión del estado civil y de la identidad. Su hermano, Alejandro Ander Egg, fue absuelto por falta de pruebas directas que lo vincularan a las acciones ilícitas.
Un caso de división de tareas y herencias en disputa
El origen del caso se remonta a septiembre y octubre de 2020, cuando Guillermo Ander Egg gestionó la cremación de los restos de Oscar Rafael Cadenas y otros familiares, en el contexto de una demanda de filiación presentada por Darío Oscar Alomar patrocinado por el abogado particular Pedro Febre, quien pretendía demostrar su vínculo biológico con Cadenas. Según la acusación, las cremaciones tenían como objetivo frustrar cualquier prueba de ADN que pudiera respaldar la reclamación de Alomar y, con ello, evitar la reducción de la herencia que los hermanos Ander Egg habían recibido.
El Juez Pagano concluyó que Guillermo Ander Egg tuvo un rol directo y protagónico, organizando y ejecutando los trámites para la cremación en tiempo récord. Sin embargo, se absolvió a Alejandro Ander Egg al no existir evidencia concreta de su participación activa en estos hechos, aunque las comunicaciones entre ambos hermanos generaron sospechas sobre una posible coautoría funcional.
Detalles clave del fallo
La defensa de Guillermo Ander Egg había apelado la condena, argumentando irregularidades en la incorporación de pruebas documentales y cuestionando la validez de los registros telefónicos y otros elementos presentados durante el juicio. También planteó que el cementerio municipal, al ejecutar las cremaciones, había tenido el control final de los hechos, invocando la doctrina de la “prohibición de regreso”, que limita la responsabilidad penal cuando un tercero tiene el dominio de la acción final.
El Tribunal de Impugnación rechazó los argumentos de la defensa, señalando que Guillermo Ander Egg tuvo pleno control informativo y operativo durante todo el proceso, y que su accionar encajaba claramente en la figura penal de supresión de estado civil e identidad. Asimismo, avaló la correcta valoración de la prueba documental y los precedentes jurisprudenciales citados por el juez de primera instancia.
Por otro lado, los recursos presentados por la Fiscalía y la querella, que buscaban revertir la absolución de Alejandro Ander Egg, también fueron desestimados. El Tribunal determinó que, aunque Alejandro pudo haber estado al tanto de las acciones de su hermano, no existían pruebas suficientes para acreditarlo como partícipe necesario o coautor mediato.
El trasfondo ético y social
El caso ha reabierto el debate sobre los límites éticos en las disputas por herencias y el impacto de las decisiones judiciales en la protección de derechos fundamentales como la identidad y el acceso a la justicia. La maniobra para eliminar posibles evidencias biológicas no solo implicó una violación a las normas procesales, sino que también desató cuestionamientos sobre los métodos empleados para evadir responsabilidades legales.
Impacto de la sentencia
La decisión de la Sala “A” refuerza la condena impuesta a Guillermo Ander Egg, estableciendo un precedente en casos de supresión de identidad en el marco de disputas hereditarias.