En un fallo reciente, la Cámara Civil de Santa Rosa ha confirmado la decisión de un juez de permitir a una adolescente suprimir su apellido paterno y registrarla únicamente con el materno. Esta resolución se dio tras la solicitud de CAC, en representación de su hija MVC, contra MDV, su padre, para la eliminación del apellido paterno. A raíz de esta sentencia, la adolescente será inscrita como MC.
A pesar de que el padre apeló la decisión inicial, los camaristas Laura Cagliolo y Guillermo Salas rechazaron su apelación. En su sentencia, explicaron: “la regla implícita es la de inmutabilidad del nombre de las personas por estar comprometido el orden público; pero se flexibilizan las normas de modificación siendo de importancia la autonomía de la voluntad en algunos supuestos específicos”. Haciendo referencia al artículo 69 del CCyC, señalaron que el cambio de nombre o apellido por “justos motivos” queda a criterio judicial cuando el nombre afecta “a la personalidad” de quien lo lleva.
Los jueces también destacaron que la adolescente “expresó con claridad que no quiere seguir teniendo el apellido de su padre porque no le gusta que la reconozcan por el mismo”. Además, se hizo mención al informe de la Psicóloga Bertolotto, que revela detalles cruciales como la falta de funciones parentales de crianza por parte del padre, diversos tratamientos psicológicos que la joven tuvo que enfrentar debido a dificultades con su progenitor y la interrupción del vínculo desde que tenía 6 años. El informe se centra específicamente en los sentimientos que el padre provoca en la adolescente.
Los camaristas concluyeron que “encontramos acreditados -al igual que la magistrada de Primera Instancia y la Asesora de NNyA- los justos motivos de M. para peticionar la supresión del apellido paterno, atento que surge clara la afectación de la personalidad de la hoy adolescente”. También resaltaron que el propio padre admitió que sus encuentros con su hija eran esporádicos y se daban en un ambiente de tensión y discusiones con la madre, lo que hace comprensible que la joven recuerde esos momentos como experiencias desagradables o angustiantes.




