audiotrack SEGURIDAD VIAL

Seguridad vial: ¿es obligatorio tener el último recibo de pago del seguro?

Seguridad vial: ¿es obligatorio tener el último recibo de pago del seguro?
15 Junio, 2023 a las 10:15 hs.

El especialista en seguridad vial, Bruno Miño, brindó su habitual charla sobre el tránsito y aseguró que la presentación de la póliza del seguro es suficiente para la ley. Escuchá el podcast.

Todo vehículo debe cumplir con el artículo 68 de la ley Nacional de Tránsito, que habla de la responsabilidad civil contra terceros. Antes teníamos que tener a mano el último recibo pago del seguro ante un control de tránsito. Pero ahora, con la informatización, la Agencia Nacional de Seguridad Vial determinó que no es obligatorio ese recibo y que con la presentación de una tarjeta donde están los datos del período de cobertura, es suficiente para demostrar que estás cumpliendo con la ley.

Esa tarjeta generalmente la tenemos en un documento que nos envía la compañía de seguros por mail y es válido llevarlo en el teléfono.

Ante un operativo de tránsito, Bruno aseguró que la póliza es suficiente para demostrar que el vehículo con el seguro necesario. “Muchas veces falta capacitación en los controladores de tránsito y no conocen la ley”.

En esta nota hablamos de: