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El abogado Pablo Rodríguez Salto habla de las herencias

El abogado Pablo Rodríguez Salto habla de las herencias
29 Septiembre, 2022 a las 10:15 hs.

Las herencias pueden dividir o unir a familias. Legalmente, hay muchas formas de resolver las problemáticas de las herencias, pero hay que saber que si hay descendencia, ascendencia o cónyuges, si o si heredan al menos el 66% de los bienes. El abogado Pablo Rodríguez Salto pasó por el aire de INFOPICO RADIO 99.9 y nos asesoró sobre el tema.

“El tema de las herencias es algo recurrente porque tenemos un sistema que se llama de legítima o de parte: o sea que tenemos una ley que dispone que, más allá de la voluntad de quien muere, si o si otros heredan sus bienes. Entonces estamos malacostumbrados, porque sabemos que algo nos va a tocar”, manifestó Rodríguez Salto.

¿Cómo se reparte una herencia?

“Para explicar de forma sencilla: la persona que está por morir puede dejar por escrito su voluntad de dejarle solo el 33% de su patrimonio a quien quiera, pero con el otro 66% le toca si o si a sus hijos o descendientes. Si no tiene descendientes, ascendientes ni cónyuges, puede dejar el 100% de sus bienes a quien se le ocurra a través de su testamento” afirmó.

“No hay impuestos a las herencias en la provincia de La Pampa, si en alguna otra provincia”, explicó el letrado.

¿Qué pasa si no hay testamento?

“En ese caso, la herencia se reparte de acuerdo a lo que establece la ley: si hay hijos y no queda un cónyuge, los bienes de la persona se reparten de forma igual a cada hijo. Si hay un cónyuge hay que distinguir entre los bienes gananciales de la persona fallecida y los propios que tenía de antes de casarse. Entonces, los bienes propios se dividen entre el o la cónyuge y sus hijos en parte iguales; en cambio, los gananciales, el o la cónyuge no hereda nada, le queda el 50% por defecto, o sea porque la persona se murió, pero no es una herencia. El resto 50% es para los hijos” sostuvo el abogado.

¿Qué valor legal tiene que un matrimonio reparta en vida los bienes? “Esto se conoce como planificación sucesoria. Hay distintas estrategias para lograr eso de forma legal. Por ejemplo: padre y madre tienen dos hijos y deciden donar su vivienda a los hijos, o sea, le transfieren la propiedad, pero el matrimonio se “reserva” el derecho al usufructo. Eso significa que pueden seguir viviendo en su casa hasta que se mueran los dos y cuando se mueren no tienen que hacer la sucesión porque ya está a nombre de los hijos” “Hay muchas otras formas de hacer la herencia en vida” concluyó Rodríguez Salto.

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