Impactante video: una mujer corrió para alcanzar al colectivo en Moreno, el chofer avanzó y le pasó por encima

Impactante video: una mujer corrió para alcanzar al colectivo en Moreno, el chofer avanzó y le pasó por encima
7 Octubre, 2021 a las 08:20 hs.

El conductor no la vio y fue acusado de homicidio culposo. El accidente quedó registrado en un video. Imágenes sensibles.

https://www.youtube.com/watch?v=MpLdLPC-Ies

Una mujer murió atropellada este lunes por la mañana, cuando corrió para tratar de alcanzar un colectivo en Paso del Rey, partido de Moreno, y el chofer no la vio y la atropelló. El hombre fue detenido tras el accidente y se le inició una causa por “homicidio culposo”.

Roxana Masco, la víctima, salió de su casa cuando faltaban cinco minutos para las 6 y vio el interno 76 de La Perlita parado en la esquina de Bongiovanni y De la Quintana para que los pasajeros descendieran. La mujer vivía a solo 150 metros de la parada y decidió apurarse para no perder el viaje.

La tragedia se desencadenó en pocos segundos. El chofer puso en marcha el colectivo y arrancó sin advertir que Masco se le había cruzado por delante y le pasó por arriba. La mujer murió antes de llegar al hospital.

La causa quedó a cargo de la Unidad Funcional de investigación (UFI) Nro 10 del Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, que consideró el hecho un accidente e imputó al chofer por delito de homicidio culposo.

Homicidio culposo

El delito por el que fue acusado el chofer Enrique Javier Hernández, de 51 años, está contemplado en el artículo 84 bis del Código Penal y establece que “será reprimido con prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo causare a otro la muerte”.

Por otra parte, la pena podría incrementarse de tres a seis años en casos excepcionales, algunos de los cuales estarían descartados en este caso, según las imágenes del accidente, porque el conductor no se dio a la fuga, por ejemplo.

En cambio, sí aplicaría si los estudios toxicológicos demostraran que el hombre estaba “bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público”.

También si se demuestra que el chofer “condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular”, según detalla el Art.193 bis.

Fuente: tn.com.ar

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