La Pampa: declararon la autoría y responsabilidad de un menor que mató a puñaladas a su primo de 19 años

La Pampa: declararon la autoría y responsabilidad de un menor que mató a puñaladas a su primo de 19 años
18 Diciembre, 2020 a las 10:00 hs.

El tribunal colegiado compuesto por los jueces de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, Marcelo Luis Pagano y María José Gianinetto declaró la autoría y responsabilidad penal de un menor de 17 años, por la comisión del delito de “homicidio simple”.

El hecho ocurrió el 12 de enero de este año, en horario aproximado a las 22.30 hs., en proximidades de un bar de la localidad de Rancul, donde se encontraban el damnificado Denis Olmedo junto a otra persona, siendo divisados por el hermano del imputado, quien llamó en forma telefónica a su hermano quien es el imputado. Luego de unos instantes el imputado se hizo presente en el lugar y en compañía de su hermano interceptaron en forma directa a la víctima y su acompañante, produciéndose una pelea mediante golpes de puño, por un lado, el hermano del imputado con la mujer que acompañaba a Denis Olmedo y por el otro, el imputado contra Denis Olmedo.

En dichas circunstancias, Denis Olmedo extrajo de entre sus ropas un elemento corto punzante con el que logró marcar en la zona de cuello y espalda a su rival, el imputado. En tanto el imputado extrajo un cuchillo de aproximadamente veinte centímetros de longitud, con el que asestó tres puñaladas en la humanidad de su oponente, causando dos lesiones en la zona del pecho, otra en el costado izquierdo de la zona abdominal, que a la postre, le causaría la muerte.

El juicio oral se desarrolló durante las jornadas del 25, 26 y 30 de noviembre del corriente año con la actuación del tribunal colegiado, la participación del fiscal Juan Ignacio Pellegrino y el defensor oficial Walter Vaccaro.

En oportunidad de la realización de los alegatos de clausura el fiscal expresó que ese 12 de enero, el imputado “provocó deliberadamente la reacción defensiva de Denis Olmedo, tenía pleno conocimiento de que quien lo atacaba era un boxeador amateur armado por un cuchillo. Lo apuñaló en zonas vitales ocasionando lesiones, entre ellas la que lo llevó a la muerte”. Por ello solicitó al tribunal que declaren la responsabilidad penal del imputado por considerarlo autor material del delito de “homicidio simple”.

El defensor solicitó que el hecho sea considerado como “exceso en legítima defensa” y solicitó declarar la responsabilidad penal de su defendido por esta calificación.

El tribunal por su parte expresó que “no se encuentran presentes en el hecho investigado los requisitos establecidos para la precedencia de la legítima defensa o un exceso en la misma. El imputado se representó la posibilidad cierta, actual y posible de terminar con la vida de su oponente, no dudando de actuar en consecuencia, asestó tres puñaladas en el cuerpo del damnificado, todas en zonas vitales y con potencial homicida.”

Luego el tribunal agregó que “analizando la conducta de la víctima, por el contario, solo se defendió. No existió agresión ilegítima por parte del damnificado que le permitiera al imputado repeler, -legalmente- la misma. La ausencia de una agresión ilegítima le impide cualquier tipo de encuadre jurídico en la legítima defensa, ni en su exceso.”

Finalmente expresó que “el imputado a la fecha de comisión del hecho tenía 17 años de edad, (…) por lo tanto, solo corresponde declarar su responsabilidad penal, en función de lo establecido por la ley N° 22.278, art. 1 y 2, reformada por ley N° 22803 y la ley provincial N° 1270, girando las actuaciones, oportunamente, al Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes, a sus efectos”.

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