La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó a Gustavo Gabriel Mayor, de 37 años de edad, como autor material y penalmente responsable del delito de “estafa – dos hechos-“ y “estelionato – dos hechos-“; a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
El fallo fue dictaminado a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal general Armando Agüero, el defensor particular Marco Figueroa Picca y el imputado, por dos hechos investigados en dos legajos diferentes.
En uno de ellos, quedó comprobado que el 13 de julio de este año, en el domicilio del denunciante en la localidad de Trenel, el imputado Gustavo Gabriel Mayor suscribió un boleto de compraventa, por medio del cual adquirió un vehículo automotor marca Volkswagen modelo Gol, por un precio pactado con el denunciante de $240.000. En ese acto hizo entrega de $55.000 en efectivo y por el dinero restante entregó tres cheques. Los cheques fueron depositados para su cobro, y en la entidad bancaria de esta ciudad se le informó al damnificado que los mismos estaban adulterados con respecto a su numeración. Después de haber comprado el automotor, Gustavo G. Mayor vendió el automotor a otra persona por la suma de $205.000, pese a que legalmente no le pertenecía y además lo había obtenido días atrás merced a la maniobra ardidosa ilícita en perjuicio del denunciante, causando un perjuicio económico al comprador de buena fe, al vender ese bien, ya que a su vez, este nuevo comprador, volvió a vender ese automotor a una tercera persona, a quien se le secuestró el vehículo.
El segundo hecho ocurrió el 4 de julio de este año, cuando Gustavo Gabriel Mayor compró a otra persona damnificada un automotor marca Fiat modelo Uno, por un valor de $221.000 más $20.000 pesos en efectivo que debía entregar para los gastos de patentamiento. Ese día el imputado hizo entrega de los $20.000 y de dos cheques. Al ser presentado los cheques a la entidad bancaria, el damnificado fue informado que ambos cheques estaban adulterados. Por otra parte, Gustavo Gabriel Mayor vendió ese mismo auto a otra persona, a mediados del mes de julio, mediante la red Facebook al precio de $165.000, causando un perjuicio económico al comprador de buena fe, al vender ese bien, ya que por la estafa anterior, luego se le secuestró, desprendiéndose del mismo el imputado y obteniendo un rédito económico por esa operación.
Cardoso agregó en el fallo que “el análisis del material incorporado, permite acreditar con grado de certeza que en ambos hechos investigados el imputado Gabriel G. Mayor, utilizó en mismo modus operandi para adquirir los vehículos en cuestión, haciendo entrega de cheques que se encontraban adulterados y a sabiendas de tal irregularidad que impediría ser cobrados al momento de ser presentados ante la entidad bancaria”.
Y agregó que “de esta manera, desapoderó a las víctimas de los vehículos de su propiedad, aparentando solvencia económica, siendo su intención la de no abonar los vehículos y beneficiarse con la adquisición de los mismos, lo cual surge a las claras si se observa que en ambos casos adquirió los vehículos para luego venderlos por un monto menor, al presuntamente abonado a las víctimas, lo que deja en evidencia que no tenía intención de abonar el precio pactado con el vendedor, para beneficiarse económicamente de la adquisición y posterior venta del vehículo”.
De este modo el imputado desapoderó a las víctimas de sus vehículos, mediante engaño, causándoles un perjuicio patrimonial tanto “a quienes eran poseedores de buena fe, como a los adquirentes posteriores de esos vehículos a quienes le vendió como propios los vehículos que no le pertenecían, desconociendo estos el ardid utilizado por Mayor para hacerse de ambos vehículos y su documentación”.
Finalmente la jueza dispuso que los interesados recurran a la justicia civil, a fin de resolver la controversia planteada sobre la restitución de uno de los vehículos.