Por motivos que obedecen a razones de carácter estrictamente epidemiológico, y en cumplimiento a disposiciones respecto al personal impartidas por el Comité de Operación de Emergencia (C.O.E.), el Tribunal de Faltas comunicó que no habrá atención de manera presencial por el término de siete días corridos hábiles administrativos.
Asimismo se suspenden los plazos procesales por igual plazo, informándose que -únicamente y en ese lapso- se atenderán todas aquellas situaciones que revistiesen el carácter de urgente e impostergables relacionadas a medidas cautelares, y/o retenciones vehiculares durante este plazo como de aquellas efectivizadas hasta 90 días de la presente comunicación.
Para este último supuesto (retención vehicular), la persona que acredite su titularidad o legítima tenencia deberá dirigirse directamente a la Comisaría preventora, o Área de Tránsito Municipal a efectos de que se constante y recepcione la siguiente documentación, a saber:
Original y fotocopia de:
- Cédula de Identificación del Automotor,
- Licencia de Conducir;
- Comprobante de Seguro Obligatorio en vigencia (no recibo de pago);
- Documento Nacional de Identidad y
- Comprobante de pago del impuesto automotor.
Todo ello como documentación básica para el retiro de la unidad.
Inmediatamente después se firmará el acta de entrega y la cuestión del análisis de la sanción por la presunta contravención será evaluada y juzgada una vez que el Centro de Salud posibilite el desarrollo laboral normal y habitual de este Tribunal.
De igual manera y a modo de hacer operativas las posibles consultas que pudieren suscitarse, se facilita el siguiente correo electrónico y número de contacto: [email protected] y el teléfono 427303 (atención telefónica de 08:00 a 12:00 hs).