Doce años de prisión a Tatavitto por abuso sexual gravemente ultrajante a dos niños del jardín de infantes de 25 de Mayo

Doce años de prisión a Tatavitto  por abuso sexual gravemente ultrajante a dos niños del jardín de infantes de 25 de Mayo
30 Septiembre, 2020 a las 11:54 hs.

Este miércoles el TIP absolvió a los otros docentes acusados. Tatavitto fue condenado por abuso de dos niños.

El Tribunal de Impugnación Penal condenó este miércoles a doce años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante a dos niños del jardín de infantes de 25 de Mayo. Lo absolvieron por una tercera víctima que lo había denunciado. En cambio, los otros tres docentes implicados en el caso fueron absueltos.

De esta forma, el TIP -conformado por los jueces Carlos Chapalcaz y Carlos Ordás- dictó una nueva sentencia en el resonado caso que convulsionó a la sociedad pampeana hace cinco años.

Los docentes López, Bastias y Tello, que fueron involucrados en la causa también, fueron absueltos.

Cabe recordar que en su fallo, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia -integrada por Fabricio Losi y Elena Fresco-, declaró inválida la sentencia condenatoria por “por existir arbitrariedad en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, y le ordenó al Tribunal de Impugnación Penal que, con una integración diferente, dicte un nuevo fallo “a la mayor brevedad posible”.

Posteriormente la Justicia logró conformar la integración del TIP que dictará el nuevo fallo y lo hizo con la designación de los jueces de control Carlos Matías Chapalcaz y Carlos René Ordas, quienes dictarán la nueva sentencia.

El fallo anulado

Los docentes habían sido condenados en el juicio por los supuestos abusos sexuales, el 1 de febrero de 2017, fueron Marcelo Tatavitto Roade, Gabriela Angélica Bastías y Oscar Aníbal López, mientras que María José Tello había sido condenada por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Tatavitto había sido condenado a 18 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor; abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño; y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor.

López y Bastías recibieron en esa ocasión penas de siete años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos. Tello, tres años y seis meses de prisión y siete de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos, por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El mismo fallo del Tribunal de Audiencia que llevó a cabo el juicio había absuelto a Tatavitto y Tello por el beneficio de la duda en otros tres casos.

El 19 de mayo de ese año, la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, confirmó el fallo de primera instancia y las defensas fueron en Casación al STJ.

Horas antes de la llegada del año 2018, el STJ nulificó el fallo condenatorio, ordenó que otros jueces del TIP dicten un nuevo fallo y liberó a los que estaban en prisión aunque les ordenó fijar domicilio en Santa Rosa, presentarse cada 20 días en la Oficina Judicial, no salir del país, abstenerse de contactarse con las víctimas y acercarse a menos de 500 metros del colegio.

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