Actividades que se sumaron:
– Actividad física en espacios abiertos (caminata, trote, patín y ciclismo)
– Apertura y acceso a cementerios.
– Asistencia a iglesias, templos y demás lugares de culto.
– Mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves, fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación de los servicios antes mencionados.
– Actividad de aeroclubes y escuelas de vuelo.
Menos accesos a la Provincia
En cuanto a que el ingreso a la Provincia pueda realizarse únicamente por los diez puestos camineros determinados, el decreto sostiene que la medida resulta “razonable y proporcionada” en relación a la amenaza que implica el virus del COVID-19.
La Provincia seguirá rigiéndose por los protocolos establecidos y requerirá de las autorizaciones nacionales y/o provinciales, sin las cuales será imposible el acceso.
Puestos camineros de acceso:
– Santa Isabel (Ruta Nacional N° 143 – km. 252)
– Colonia 25 de Mayo (Ruta Nacional N° 151 – 152 – Puente Dique)
– La Adela (Ruta Provincial N° 22 – km. 854)
– Jacinto Arauz (Ruta Nacional N° 35 – km. 125)
– Rolón (Ruta Provincial N° 18 – km. 1)
– Catriló (Ruta Nacional N° 35 – km. 522)
– Fortín Pampa (Ruta Nacional N° 188 – km. 400)
– Realicó (Ruta Nacional N° 35 – km. 505)
– Chamaicó (Ruta Nacional N° 188 – km. 539)
– Casa de Piedra (Ruta Nacional Nº 152 – 298)