Apertura de Comercios en General Pico con atención al público: Mira los días y horarios de los rubros que estarán abiertos

Apertura de Comercios en General Pico con atención al público: Mira los días y horarios de los rubros que estarán abiertos
4 Mayo, 2020 a las 09:37 hs.

La ordenanza aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante y promulgada por el ejecutivo local establece: “que en cumplimiento a la facultad delegada a través del Decreto Presidencial, el Gobernador de la provincia de La Pampa, dictó el Decreto Provincial Nº 764/20 por medio del cual se establecen las siguientes excepciones”:

1 – Venta de mercadería elaborada y no elaborada, repuestos y accesorios, de comercios minoristas y mayoristas, y/o toda otra actividad comercial con habilitación municipal. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 14 a 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

2 – Colegios Profesionales y cajas previsionales y de seguridad social. Podrán abrir sus puertas para la atención a sus colegiados únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

3 – Tareas de trabajadoras y trabajadores alcanzados por el régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casa particulares y/o trabajo doméstico. Podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 8 y las 18 horas y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

4– Actividades y/o servicios de los centros de estética, peluquerías y barberías. Podrán abrir sus puertas para la atención del público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo y sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

5– Ejercicio profesional de abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, entre otros. Podrán trasladarse y concurrir a los lugares de trabajo únicamente de lunes a viernes entre las 13 y las 18 horas, cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19. No se permite la atención al público.
Los arquitectos, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores podrán trasladarse para realizar tareas en obras públicas y particulares cumpliendo los recaudos y prevenciones.

6 – Actividades relacionadas con la atención de la salud: psicólogos, nutricionistas, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicopedagogos, entre otros. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo, sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

7 – Actividades de los escribanos, martilleros y corredores de comercio. Podrán abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes de 13 a 18 horas. La atención será con turno previo, sin espera y cumpliendo los recaudos y prevenciones que se establecen en los protocolos de prevención y control epidemiológico COVID 19.

En esta nota hablamos de: