Las góndolas que tienen productos que no están enmarcados en esta categoría, permanecen clausuradas y con un cartel que señala que está “Prohibida la venta de estos artículos por no ser de primera necesidad. Aplicación del Decreto 297/20 Decreto Presidencial”.
La idea es respetar lo establecido en dicho decreto y además para agilizar el movimiento de la gente en el interior de los locales. Se estima en promedio unos 15 minutos por persona adentro del supermercado.