Un año de prisión en suspenso para un hombre que abusó de la amiga de 17 años de su hija

Un año de prisión en suspenso para un hombre que abusó de la amiga de 17 años de su hija
Jueza María Florencia Maza
14 Febrero, 2020 a las 16:50 hs.

La jueza de control de Santa Rosa, María Florencia Maza, condenó hoy a un hombre de 43 años a un año de prisión en suspenso, por considerarlo autor del delito de abuso sexual simple, en perjuicio de una adolescente de 17 años, amiga de su hija.

Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, pudo acreditarse que en junio del año pasado, el agresor le efectuó tocamientos a la menor, apretándola contra la pared, y manifestándole: “no digas nada porque si no pasa a mayores”. La víctima estaba allí porque es amiga de la hija del acusado y se había quedado a dormir.

Maza dictó la sentencia a partir de un acuerdo de juicio abreviado que firmaron el fiscal Walter Martos, el defensor particular Juan De la Vega y el imputado, un empleado de comercio de 43 años.

La jueza, además, le impuso el cumplimiento de reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio, someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal y abstenerse de entrar en contacto con la damnificada) y ordenó que, una vez que el fallo quede firme, se lo notifique a la Procuración General para que sea incluido en el Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.

La madre de la víctima, al ser informada del alcance del acuerdo, dio su consentimiento, aunque pidió que se mantenga una restricción de acercamiento y contacto hacia su hija. Por su parte, la asesora de Niños, Niñas y Adolescentes, María Gabriela Manera, se atuvo a lo dicho por la progenitora.

Maza señaló que la conducta del padre quedó encuadrada en el abuso sexual simple porque el imputado, “desarrollando una conducta abusiva, mantuvo contacto corporal directo con una menor de 18 años sin configurar acceso carnal; y realizando tocamientos en las partes pudendas de ella con una clara intención de desahogo sexual, ocurriendo los hechos en su vivienda, en oportunidad en que el resto de la familia no se encontraba presente”.​

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