Denuncia contra la jueza Cardoso y la fiscal Ana Ruffini: “Es un ataque a la autonomía de los fiscales y a la independencia judicial”, dijeron desde el MPF

Denuncia contra la jueza Cardoso y la fiscal Ana Ruffini: “Es un ataque a la autonomía de los fiscales y a la independencia judicial”, dijeron desde el MPF
31 Diciembre, 2019 a las 18:35 hs.

La denuncia fue presentada por el abogado, José Mario Aguerrido, sobre la jueza, Jimena Cardoso y la fiscal, Ana Ruffini, por el caso Barabaschi.

El abogado penal denunció a las funcionarias de la justicia por le denegaron la prisión preventiva requerida por la defensa que demostraba que se había agotado el plazo. Después de la presentación de un habeas corpus ante el Superior Tribunal de Justicia, Barabaschi recuperó la libertad.

Este es el comunicado del Ministerio Público Fiscal:

La Asociación de Fiscales, frente a la denuncia a uno de los miembros del Ministerio Publico Fiscal y a la mediatización de dicha denuncia, advierte un claro ataque a la autonomía de los Fiscales y a la independencia Judicial. Los dictámenes o pedidos de la Fiscal A. Ruffini, como una de las partes del proceso, están siempre sometidos al control judicial y no tienen otro fundamento que el apego a la ley y los fallos previos que la interpretan. En este sentido, la posición adoptada por la Fiscal, avalada por el Querellante Particular de la víctima y confirmada por la Juez de Control J. Cardoso tenían apoyo en un fallo del Tribunal de Impugnación Penal y su confirmación por el Superior Tribunal de Justicia de diciembre de 2015, donde por un robo en despoblado y banda, después de 2 años y 2 meses de detención sin sentencia firme, se confirmó la continuidad de la prisión preventiva.  

Ahora, con un cambio de criterio por parte del Superior Tribunal de Justicia, admitiendo un Habeas Corpus para este imputado y frente a un delito contra la Integridad Sexual sostuvo y ordeno la libertad del imputado, por haber superado 1 año y 3 meses de detención.

Es claro que las motivaciones de la Fiscal no fueron otras que garantizar el éxito de la investigación, pretendiendo que la libertad del imputado no entorpeciera el nuevo juicio, tal cual lo sostuvo en dicho sentido la Juez de Control y como era criterio sostenido en anteriores fallos, del Tribunal de Impugnación y del Superior Tribunal de Justicia.

En dicho sentido, el mismo Superior de Justicia dijo: El respeto debido de la libertad individual no puede excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas de precautorias que sean necesarias no solo para asegurar el éxito de la investigación sino para garantizar en casos grave que no se siga delinquiendo y que no se frustre la ejecución de una eventual condena por la incomparecencia del reo. Se trata en definitiva de conciliar el derecho del individuo de no sufrir persecución injusta con el interés general de no facilitar la impunidad del delincuente. La idea de justicia impone que el derecho de la sociedad de defenderse del delito sea conjugado con el del individuo sometido a proceso, en forma que ninguno de ellos sea sacrificado en aras del otro.

Por ello, advertimos de la denuncia y su mediatización, un ataque a la autonomía de los Fiscales, a la Independencia de los Jueces y una muestra de la pretensión de desacreditar la función judicial.

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