Algunos de ellos ya fueron oficializados por el gobierno. A diferencia del 2019, el año que viene habrá más fines de semana largos, muchos de los cuales fueron confirmados a través del Decreto 717/2019, publicado en octubre pasado en el Boletín Oficial.
Así quedaría el calendario de feriados y días no laborables para el 2020:
1 de enero (feriado): Año Nuevo
24 y 25 de febrero (feriados): Carnaval
23 de marzo (feriado): Feriado puente
24 de marzo (feriado): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril (feriado): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
9 de abril (no laborable): Jueves Santo
10 de abril (feriado): Viernes Santo
9, 10, 15 y 16 de abril (no laborables): Pascuas Judías.
24 de abril (no laborable): Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos
1 de mayo (feriado): Día del Trabajador
24 de mayo (no laborable): Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán
25 de mayo (feriado): Día de la Revolución de Mayo
15 de junio (feriado transferible): Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín de Güemes
20 de junio (feriado): Día del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio (feriado): Día de la Independencia
10 de julio (feriado): Feriado puente
31 de julio (no laborable): Fiesta del Sacrificio en la religión islámica
17 de agosto (feriado transferible): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
20 de agosto (no laborable): Año Nuevo Islámico
19 y 20 de septiembre (no laborables): Año Nuevo Judío
28 de septiembre (no laborable): Día del Perdón en la religión judía
12 de octubre (feriado transferible): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
23 de noviembre (feriado transferible): Día de la Soberanía Nacional
7 de diciembre: Feriado puente
8 de diciembre (feriado): Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre (feriado): Navidad
fuente:infobae