Muerte de Ana Ceballos: El Tribunal de Impugnación Penal absolvió al médico Carlos Fanjul y mantuvo la condena sobre el cirujano Ricardo Pasaman

Muerte de Ana Ceballos: El Tribunal de Impugnación Penal absolvió al médico Carlos Fanjul y mantuvo la condena sobre el cirujano Ricardo Pasaman
Los médicos Carlos Fanjul y Ricardo Pasaman en la audiencia realizada en 2018
21 Noviembre, 2019 a las 13:21 hs.

La decisión se dio a conocer en horas de la mañana.

El abogado defensor, Jorge Salamone, le afirmó a infopico.com que presentará un recurso para que se vuelva a analizar el fallo del Tribunal de Impugnación Penal y la absolución de Fanul.

Agregó que la decisión del TIP en relación a la absolución del médico endocopista, Carlos Fanjul se debe también al principio de la duda “en este caso el TIP argumenta que no está certificado que la perforación del duodeno que presentó en aquel momento Ana Ceballos se debía al estudio que había realizado Fanjul, por lo cual mantuvo el principio de la duda. No así en el caso de Pasaman”. Señaló el abogado de la familia.

La decisión del Tribunal de Impugnación Penal se conoció en la mañana de este jueves. Cabe recordar que el juez de audiencia de General Pico, Marcelo Luis Pagano, había condenado a los médicos Carlos Eduardo Fanjul y Ricardo Andrés Pasaman Znacovski, como autores del delito de homicidio culposo en perjuicio de Ana Belén Ceballos, a la pena de seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para ejercer la medicina.

Los médicos Carlos Fanjul y Ricardo Pasaman, fueron acusados de “homicidio culposo” por la muerte de la paciente Ana Belén Ceballos en septiembre de 2011.

Carlos Fanjul es endoscopista, en tanto que Ricardo Pasaman es cirujano.  Los dos profesionales tuvieron dos juicios. El primero en diciembre de 2017 donde el juez fue Carlos Pellegrino absolvió a los dos profesionales por el principio de la duda. En diciembre de 2018 la sentencia fue dictada por el juez Marcelo Pagano.

Un año después, el Tribunal de Impugnación Penal  resolvió en la últimas horas  absolver al médico endocopista, Carlos Eduardo Fanjul y mantener la condena sobre el cirujano, Ricardo Andrés Pasaman de seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina.

La Sala B de este Tribunal de Impugnación Penal

RESUELVE:

PRIMERO: No hacer lugar al recurso de impugnación interpuesto por los Defensores particulares, a favor de Ricardo Andrés Pasaman Znacovski, y en consecuencia confirmar el punto “III)” de la sentencia N° 1037 de fecha 26 de noviembre de 2018, dictada por el Sr. Juez de Audiencia Dr. Marcelo Pagano, con costas (arts. 26, 40 y 41 del C.P. y arts. 355, 474 y 475 del C.P.P.).

SEGUNDO: Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la defensa particular, en lo que respecta al recurso de impugnación interpuesto a favor de Carlos Eduardo Fanjul (art. 412 del C.P.P.). En consecuencia ABSOLVER a Carlos Eduardo Fanjul del delito homicidio culposo (art. 84, primer párrafo del C.P.), por el que fuera condenado en sentencia N° 1037, de fecha 26 de noviembre de 2018, dictada por el Sr. Juez de Audiencia Dr. Marcelo Pagano, en razón de lo establecido por principio in dubio pro reo (art. 6 del C.P.P., art. 18 de la C. N., art. 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y art. 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

TERCERO: POTOCOLÍCESE. NOTIFÍQUESE. ARCHÍVESE el presente. CÚMPLASE.

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