Corrían picadas y uno terminó volcando, la justicia lo condeno por “creación de una situación de peligro para la vida”

Corrían picadas y uno terminó volcando, la justicia lo condeno por “creación de una situación de peligro para la vida”
19 Noviembre, 2019 a las 21:55 hs.

El juez de control de General Pico Alejandro Gilardenghi condenó a Juan Pedro Carante, de 21 años; como autor material y penalmente responsable del delito de “creación de una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas mediante la participación en una prueba de velocidad y destreza con un vehículo automotor realizada sin la debida autorización de autoridad competente”; a las penas de seis meses de prisión de ejecución condicional o en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de un año.

Además le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio o residencia; abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a la observancia de las reglas de conducta por el Juez de Ejecución Penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

El acuerdo fue solicitado por el fiscal  Guillermo Komarofky, junto a la defensora oficial sustituta Elba Pozze, y su defendido.

Las pruebas recolectadas durante la investigación permitieron probar que Juan Pedro Carante, el 1 de mayo de 2018, aproximadamente a las 06:20 horas, condujo su vehículo por Avenida Sarmiento, de ahí hasta la conocida “T” de Intendente Alvear, donde dobló hacia la derecha, y ocasionó una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas que ocasionalmente transitaban la vía pública, como así también para su acompañante. Concretamente Carante, quien circuló a bordo de su automotor -junto a otro rodado cuyo conductor no se pudo identificar-, participó de una prueba de velocidad y destreza, poniéndose ambos vehículos a la par ocupando los dos carriles de las calles.

Ambos conductores se desplazaban en forma zigzagueante, excedidos en los límites de velocidad permitidos, realizando maniobras de aceleración y desaceleración de los motores, sin la debida autorización de autoridad competente. Finalmente y como consecuencia del hecho, el rodado guiado por Carante volcó sobre ruta provincial nº 2 entre acceso Centenario y el cruce de rutas provinciales nº 1 y nº 2 de la localidad, poniendo en riesgo la integridad física del acompañante.

En el fallo, Gilardenghi agregó que con la salida alternativa solicitada por las partes “ no se afectan de ninguna manera las garantías de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva (más bien ocurre lo contrario), dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…) sería -potencialmente- similar o idéntica a la acordada por las partes. Por todas estas cuestiones, además, razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto aconsejan el dictado de la sentencia, en este caso, tal como se ha solicitado en el marco de este procedimiento abreviado”.

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