Prisión en suspenso e inhabilitación por cuatro años para conducir vehículos para una persona de 47 años

Prisión en suspenso e inhabilitación por cuatro años para conducir vehículos para una persona de 47 años
La jueza de audiencia María José Gianinetto
8 Octubre, 2019 a las 20:15 hs.

El imputado  protagonizó una discusión con su ex pareja y le profirió dichos tales como: 
– “yo te voy a hacer algo para que te mueras”
 – “si no me das las llaves de las motos las voy a prender fuego”

La jueza de audiencia de juicio de General Pico,  María José Gianinetto, condenó a un hombre de47 años como autor material y penalmente responsable de los delitos de “amenazas simples y lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantiene o  mantuvo una relación de pareja”;  a la pena de seis meses de prisión.

Se le unificó esta pena con una anterior,  de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de cuatro años, que le fuera impuesta por el juez de audiencia de juicio Marcelo Pagano, componiendo la pena única de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de cuatro años.

Además le impuso las siguientes reglas de conductapor el término de dos años: fijar domicilio, no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y al fiscal y someterse al cuidado del ente de Políticas Resocializadoras. También le ordenó abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; restricción de acercamiento al domicilio de la víctima -su ex pareja- y  prohibición de comunicación y contacto para con la misma; así como realizar un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El fiscal Luciano Rebechi, el defensor particular Jerónimo Altamirano y el propio imputado presentaron un acuerdo de juicio abreviado. La damnificada, al ser informada sobre la firma del mismo prestó su conformidad.

Las pruebas aportadas en el legajo permitieron probar que el 22 de enero de este año, el imputado  protagonizó una discusión con su ex pareja y le profirió dichos tales como “yo te voy a hacer algo para que te mueras”, “si no me das las llaves de las motos las voy a prender fuego”, y mientras le expresaba toda clase de insultos, le propinó un golpe de puño en la nariz, causándole lesiones certificadas por médico interviniente.

La magistrada agregó en el fallo que “con la decisión acordada por las partes se garantiza una respuesta judicial rápida y efectiva, dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral y público -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería (…) sería similar o idéntica a la acordada por las partes. Todas estas cuestiones, sumadas a razones de celeridad y economía procesal para una solución rápida y definitiva de este conflicto, aconsejan el dictado de esta sentencia, para el caso, tal como se ha solicitado por las partes.”

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