El Gobierno de La Pampa elevó un amparo para que no se inicie la megaobra de Portezuelo

thumb image
17 Agosto, 2019 a las 01:02 hs.

La acción de amparo se dirije contra el Decreto N° 519/2019 del Poder Ejecutivo Nacional, por el cual se aprobó el Acuerdo para la ejecución de la Obra “Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento” entre el Estado Nacional y la Provincia de Mendoza. 

Archivo Infopampa

Archivo Infopampa

Este viernes, mediante una presentación suscripta por el Gobernador de La Pampa Carlos Verna, el fiscal de Estado José Vanini y el Procurador General de Rentas Hernán Pérez Araujo, la Provincia de La Pampa dedujo una acción de amparo ambiental contra el Estado Nacional/Poder Ejecutivo Nacional y contra la Provincia de Mendoza, con el fin de que se ordene no iniciar y/o se suspendan los procedimientos y/o trabajos que se estén llevando adelante con el fin de la concreción y puesta en funcionamiento de la obra denominada “Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento”.

La solicitud es hasta tanto se realice una Evaluación de Impacto Ambiental sobre toda la cuenca del Río Colorado, que respete el derecho de información pública y participación ciudadana y sea aprobado o desaprobado –con carácter vinculante- por el Consejo de Gobierno del Comité Interjurisdiccional del Río Colorado.

La acción de amparo se dirije contra el Decreto N° 519/2019 del Poder Ejecutivo Nacional, por el cual se aprobó el Acuerdo para la ejecución de la Obra “Aprovechamiento Hídrico Multipropósito Portezuelo del Viento” entre el Estado Nacional y la Provincia de Mendoza.

Este acuerdo estipula que Nación emitirá letras intransferibles por un valor nominal de mil veintitrés millones trescientos sesenta y dos mil novecientos veintidós dólares estadounidenses (US$ 1.023.362.922) y que la Provincia de Mendoza se compromete a llevar adelante la ejecución de la obra.

Como se viene informando Portezuelo del Viento será ejecutada conforme el régimen jurídico provincial mendocino, no previéndose una Evaluación de Impacto Ambiental que abarque la totalidad de la Cuenca Hídrica y la participación vinculante del resto de las Provincias condóminas, ni se estipula la realización de los estudios y procedimientos previstos en la Ley de Obras Hidráulicas N°23.879.

En la demanda iniciada se pone de manifiesto que, de omitir tomarse las medidas solicitadas se estará poniendo en riesgo grave e inminente al ambiente de la cuenca hídrica, y el daño que se ocasionará será irreparable, con graves consecuencias para todos los seres vivientes de la región.

En este punto, “nos encontrarnos ante un inminente daño al ambiente, por lo que se torna ineludible y necesario que el presente amparo se evalúe a la luz de los principios precautorio y preventivo, debido a que ante el daño es necesario que se actué con previsión extendida y anticipatoria, pues una vez construída la represa será imposible revertir sus efectos negativos”, expresó Pérez Araujo.

Gestiones

La solicitud realizada por el Gobernador y sus funcionarios entiende que es necesario que se asegure que se haya evaluado en modo completo, serio, científico y participativo el impacto ambiental que la obra ocasionará en toda la cuenca del Río Colorado, motivo por el cual se ha planteado una medida cautelar, con el objeto de que se ordene no iniciar y/o se suspendan los procedimientos y/o trabajos que se estén llevando adelante con el fin de la concreción y puesta en funcionamiento de la obra .

Finalmente, y teniendo en cuanta que el presente pedido se realiza teniendo en miras que la decisión a tomarse en los presentes autos afectará en forma directa a todas las provincias integrantes de la cuenca hídrica y a sus habitantes se ha solicitado a la Corte Suprema que se fije una audiencia pública informativa y de conciliación, con citación a las cinco provincias integrantes de la cuenca, además del Estado Nacional.