Un joven de 19 años fue condenado por abusar, golpear y amenazar de muerte a una mujer

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6 Julio, 2019 a las 15:30 hs.

El juez dio por probado que en la madrugada del 11 de noviembre de 2018, el imputado forzó a la víctima a mantener relaciones sexuales en la parte trasera del vehículo que conducía, previo tomarla de los pelos, golpearle la cabeza contra el automotor y darle golpes de puño. Luego de accederla carnalmente, la amenazó de muerte.



El juez de audiencia de juicio de General Pico Federico Pellegrino (foto) condenó ayer a un joven de 19 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves calificadas y amenazas simples” a la pena de seis años de prisión de efectivo cumplimiento.

El juicio oral tuvo lugar durante las jornadas del 24, 25 y 26 de junio pasados, con la actuación unipersonal de Pellegrino, la intervención de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor particular Carlos Pedro Febre.

Hecho

Con las pruebas incorporadas en el debate, el juez dio por probado que en la madrugada del 11 de noviembre de 2018, el imputado forzó a la víctima a mantener relaciones sexuales en la parte trasera del vehículo que conducía, previo tomarla de los pelos, golpearle la cabeza contra el automotor y darle golpes de puño. Luego de accederla carnalmente la amenazó de muerte.

En este sentido, Pellegrino indicó que “el uso de violencia y amenazas impidieron el ejercicio de algún tipo de resistencia por parte de la víctima, que aun así intentó defenderse y bajarse del vehículo, solicitando auxilio, aunque se encontraba en zona despoblada y sin la posibilidad de asistencia inmediata por persona alguna. Los reiterados golpes y los intentos de asfixia permitieron el logro del objetivo propuesto”. 

El imputado también amenazó a su víctima a fin de que no realizara la denuncia de lo ocurrido “causándole gran temor, que perduró en el tiempo y resultó constatado no solo por los testigos que la vieron momentos inmediatos posteriores al hecho, sino también por los profesionales médicos que la asistieron y por las psicólogas que la entrevistaron. El anuncio de mal futuro causó el resultado deseado en la víctima, ya que no quería contar lo que había ocurrido por temor a las represalias que pudiere tomar su agresor”, aseguró el juez.

En oportunidad de la realización de los alegatos de clausura; la Fiscal solicitó que se condene al imputado a una pena de ocho años de prisión.

Por su parte, la defensa técnica del imputado al momento de alegar solicitó la absolución de su defendido.

El juez expresó en el fallo que “como ocurre en la inmensa mayoría de las investigaciones sobre hechos de contenido sexual, en este legajo se encuentran presentes las características propias de éstas pesquisas, es decir, hechos que ocurren en la intimidad, sin la presencia de testigos y con la dificultad de obtención de pruebas directas, independientes, del relato de la víctima”.

Pellegrino consideró como elementos atenuantes a favor del imputado la ausencia de antecedentes condenatorios y su joven edad. Por el contrario, como elementos agravantes, “la propia naturaleza del hecho cometido y la extensión del daño causado, como la ausencia de razón en su conducta, ya que instantes antes había logrado el objetivo de mantener relaciones sexuales, sin el uso de violencia o amenazas” con la víctima.

Finalmente, el magistrado estimó que “de la sumatoria de todos los elementos, resulta razonable la aplicación de una pena de seis años de prisión, de efectivo cumplimiento. No solo porque el mínimo del delito contiene ya de por si una pena elevada, sino también por resultar acorde a la pena impuesta en otros legajos de similares características”.