El ministro Franco aseguró que el pase a planta de contratados no generará “un incremento significativo de cargos”

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25 Junio, 2019 a las 22:10 hs.

Ante el plenario de las comisiones de hacienda y presupuesto, presidida por el diputado Roberto Robledo, y de legislación social y salud pública, encabezada por la diputada Claudia Godoy;  el ministro de hacienda, Ernesto Franco explicitó los alcances del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se autoriza a los titulares de los tres Poderes del Estado a incorporar a la planta permanente a todo el personal contratado por la Administración Pública Provincial.



El ministro especificó que “está dirigido al personal contratado que tenga una antigüedad de al menos ciento ochenta días efectivos de prestación de servicios en la Administración Pública Provincial, al momento de la promulgación”.  Y reveló que “al 31 de diciembre del año pasado serían mil quinientos treinta y un empleados”.

“Sabido es –manifestó Franco, que estuvo acompañado por el subsecretario de hacienda, Guido Bisterfeld- que el contrato de empleo público instituido en la Provincia, prevé dos modalidades según el plazo de su vigencia: la relación permanente y la no permanente.   En el caso de los que integran la plaza temporaria o no permanente, conviven con la precariedad de que en cualquier momento podría no renovárseles el contrato, ya que al 31 de diciembre de cada año, se pone el mismo en consideración”.

“Pues bien –continuó el ministro- a los efectos de garantizar la permanencia y estabilidad de ese personal contratado se hace necesario dictar el marco legal que permita, cumplidos los requisitos pertinentes, proceder a su nombramiento y con él, al acceso a importantes derechos que como contratado no tiene: licencias, la posibilidad de concursar o subrogar categorías, acceder a créditos sin doble garantías y otros”.

Franco especificó que “cuando hablamos de personal no permanente de la administración pública, y que son los alcanzados por este proyecto, estamos hablando de un personal que ha venido cubriendo en sus funciones a quienes han dejado de pertenecer a la planta permanente por distintas razones y es un personal que cuenta con la vacante respectiva”.

El ministro destacó que “al estar tomando el Estado provincial esta medida, mantiene el actual equilibrio de la planta, porque no se estará incurriendo en un crecimiento significativo de la misma ya que serán 1531 los ingresantes a esa planta permanente, mientras que entre los años 2016 y 2018, por diferentes motivos hubo 1256 vacantes que quedaron libres, es decir que fueron empleados de planta que han ido dejando la misma”.

Puntualizó el titular de la cartera económica que “cada escalafón tiene su propia categoría de ingreso” y que el grueso de los ingresantes serán del área de salud, donde pasarán a planta permanente 896 empleados hoy temporarios, 75 pasarán en el ministerio de la producción, 74 en el de obras públicas, 64 en Vialidad y 33 en la Cámara de Diputados, como los números más significativos del desglose”.

Franco también reveló que “con estos movimientos  nos quedará una planta de personal mucho más jóvenes que la de los últimos años”. 

Los de horario reducido

Durante la reunión con los legisladores, el ministro accedió a dar especificaciones sobre un proyecto, también enviado por el Poder Ejecutivo que aún no tomó estad parlamentario y el que dispone  propicia incorporar en forma permanente en otros regímenes estatutarios, a aquellos agentes que revistan en “Régimen Laboral de Tiempo Reducido” aprobado por Ley N” 2871, cuando su desempeño se produzca en el mismo lugar de trabajo, con las mismas tareas.

Franco dijo que “a diferencia de los trabajadores contemplados por el proyecto anterior, en este caso se trata de personal que, con un horario reducido, ya están en planta permanente, no son trabajadores en relación no permanente”.

“Cuando surge una necesidad del servicio y se van produciendo vacantes en escalafones con mayor carga horaria -siguió el ministro-  la cobertura de esa necesidad puede realizarse con personal del Estatuto aprobado por la ley 2871, por la categoría de ingreso,  revistando los agentes en carácter permanente, con carácter condicional durante un periodo máximo de 180 días corridos de cumplimiento efectivo, en el cual debe resolverse tal condición”.

“Pero –reveló Franco- cuando un agente tiene su situación de revista en la administración pública en el marco de la ley 2871 y pretende ser incorporado en otro régimen estatutario, debe dejar su carácter de “permanente”, o sea renunciar,  para revistar en carácter de “condicional”. Por eso con este proyecto de ley se propicia salvar y resolver una particularidad que se da cuando la cobertura de una vacante en un Régimen Estatutario de Empleo Público Provincial se produce con un agente cuya situación de revista es de agente permanente o “definitivo” en el “Régimen Laboral de Tiempo Reducido” de la ley 2871 y las nuevas tareas a cumplir sean las mismas que venía cumpliendo y se desenvolverán en el mismo lugar de trabajo, pero con una carga horaria mayor, acorde al nuevo régimen al que se incorpora”.

“En este caso, las características del ingreso y la experiencia/del agente en las tareas a cumplir hacen innecesario el periodo de “condicionalidad” o prueba, lo que así se propicia salvar adquiriendo el ingresante su carácter permanente al momento de su designación”, aclaró el ministro.

Finalmente Franco destacó que, “si bien era un tema expresamente excluido de la negociación paritaria, fue tratado con los representantes gremiales en una mesa de trabajo, alcanzándose un acuerdo que se refleja en este proyecto”.