Manoseaba a su hija biológica de 13 años y fue condenado a prisión en suspenso

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5 Junio, 2019 a las 01:15 hs.

Diego Ambrogetti, juez de control subrogante de la audiencia de juicio condenó a un hombre de 36 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “ abuso sexual simple agravado por el vínculo como delito continuado”, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.

El juez Ambroggetti y el fiscal Rebecchi

El juez Ambroggetti y el fiscal Rebecchi

También le estableció como reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio y no modificarlo sin previo aviso; abstenerse de concurrir al domicilio de la damnificada- su hija biológica que al momento del hecho tenía 13 años de edad y que vive con su madre- y de mantener todo tipo de contacto y comunicación con la misma y someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El juicio oral se desarrolló durante los días 27 y 28 de mayo del corriente año, con la actuación unipersonal de Ambroggetti, la intervención del fiscal Luciano Rebecchi y la defensora oficial Elba Pozze.

Los hechos por los que el imputado fue condenado fueron expuestos en los alegatos iniciales del juicio oral por el fiscal de la siguiente manera: sin poder precisar la fecha exacta, en el domicilio lugar en donde reside el imputado, en reiteradas oportunidades éste realizó tocamientos impúdicos por debajo de la ropa, en la zona de los pechos, a su hija biológica, de 13 años de edad al momento de realizar la denuncia, en momento que la misma se encontraba en dicha vivienda.

Amborgetti agregó que “como normalmente ocurre en los delitos contra la integridad sexual, la presencia de testigos al momento de la comisión suele ser reducida. En este caso particular, sólo se ubican en la presunta escena delictiva el imputado y la damnificada, sumado a ello la dificultad del relato de la víctima cuando la misma es menor de edad, debido a la inocencia y/o desconocimiento de la relación sexual, la vergüenza que produce y hasta el sentimiento de culpa”.

El juez concluyó que “habiendo solicitado el representante del Ministerio Público Fiscal la aplicación al acusado de la pena mínima establecida para el delito, habré de receptar su pedido y fijar el monto de la pena en tres años de prisión, la cual, debido a la ausencia de antecedentes condenatorios, será de ejecución en suspenso, con la aplicación de las reglas de conducta que recepta el art. 27 bis del C.P.”.