Él continuó golpeándola aun mientras amamantaba e incluso le pegó “puntazos” en la pierna, 1 año de prisión

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29 Mayo, 2019 a las 21:00 hs.

Pero no confirmé con la situación de violencia que ya estaba generando, sino que luego comenzó a “olerla” para saber si había estado con algún hombre.

La fiscal Ana Laura Ruffini y la jueza María Jimena Cardoso

La fiscal Ana Laura Ruffini y la jueza María Jimena Cardoso

La jueza de control piquense María Jimena Cardoso condenó ayer a un hombre de 22 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves calificadas por el vínculo, amenazas agravadas por el uso de arma, abuso sexual simple y daño” –en perjuicio de su ex pareja y madre de dos hijos en común-; a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento.

Además le revocó la condicionalidad de la condena que fuera impuesta por la misma jueza, con fecha 26 de septiembre de 2016, y por la cual se lo condenó a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y le dictó la pena única de un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado en el que quedó demostrado que el 24 de febrero de este año, en vivienda en la que reside la damnificada (ex pareja del imputado) el imputado le propinó una piña y le dijo que fuera para adentro de la casa. Al ingresar continuó golpeándola en la cabeza. En ese momento se despertó uno de los hijos de la pareja y la mujer comenzó a amamantarlo continuando el imputado con la golpiza en la cabeza. Acto seguido sacó una hoja de una cuchilla y le dio puntazos en la pierna derecha. En ese contexto comenzó a decirle que la iba a matar y que se despidiera de los nenes. Asimismo, con la cuchilla comenzó a cortarle la ropa que tenía puesta y comenzó a “olerla” para saber si había estado con algún hombre, luego de lo cual le tocó fuertemente sus partes íntimas. En todo momento le manifestó amenazas.

El juicio abreviado fue solicitado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor particular Norberto Paesani y el imputado. La damnificada al ser informada sobre el mismo prestó su conformidad.

“Ninguna duda cabe que la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino. Así también lo entendió nuestro Superior Tribunal de Justicia (Acuerdo 2889 del 1/12/2010) al disponer la introducción de la perspectiva de género en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, atento al compromiso asumido por el Estado Argentino a través de la integración de los tratados sobre derechos humanos a la Constitución Nacional producto de la reforma de 1994”, agregó Cardoso en el fallo.