A través de la Resolución 100/2018, publicada en el Boletín Oficial, se estableció el 31 de agosto de este año como nueva fecha de vencimiento.
“Uno de los objetivos de la creación del Programa es brindar una respuesta de emergencia en materia de litigiosidad previsional, evidenciada en el prolongado tiempo que se ven obligados a litigar los adultos mayores en pos del cumplimiento de sus derechos“, explica la Anses en su resolución.
El programa promueve una “redeterminación” del haber inicial y el otorgamiento de movilidad, a través de acuerdos entre el organismo previsional y cada jubilado o pensionado que voluntariamente decida participar.
Los procedimientos abreviados son un mecanismo especial diseñado para que los beneficiarios con casos más urgentes accedan al reajuste de manera inmediata. Se establecieron en 2017 para abarcar a un mayor número de beneficiarios, especialmente a los que habían celebrado un acuerdo, pero no habían logrado el reajuste con rapidez. Antes de la extensión, el plazo previsto vencía el próximo 30 de junio.
Entre quienes pueden acceder a la rectificación del haber en forma anticipada, que luego requiere una homologación judicial, se incluye a los mayores de 80 años con un reajuste inferior al equivalente a un haber mínimo y a los que no pueden registrar su huella digital por estar incapacitados de movilizarse o padecer problemas serios de salud.