Dos recibieron penas en suspenso y uno de efectivo cumplimiento, ya que tenía una condena previa.
El juez de control Diego Ambrogetti condenó hoy a tres hombres, Pablo Inchazú y Juan Cabaña como coautores y a Daniel Nilles como partícipe necesario del delito de “lesiones graves”, por un hecho ocurrido en enero de este año.
A Inchazú le impuso la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional; a Cabaña 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional; y al Nilles la pena de 2 años de prisión de efectivo cumplimiento, además de revocarle la condicionalidad de la pena que le fuera impuesta mediante un fallo anterior, de fecha 2 de junio de 2015, dictado por el juez de audiencia de juicio Florentino Rubio, unificándose ambas en la pena única y total de 2 años de prisión de efectivo cumplimiento.
Además, le fijo a Inchazú y Cabaña las siguientes reglas de conducta por el término que duren sus respectivas condenas: fijar residencia; someterse al cuidado del organismo de contralor correspondiente; abstenerse de acercarse y/o comunicarse por cualquier medio respecto de la víctima; abstenerse de adquirir y/o utilizar cualquier tipo de arma de fuego y someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad.
La resolución de Ambrogetti fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal sustituto Guillermo Komarofky; los defensores privados de cada uno de los imputados, los doctores Guillermo Galcerán –en representación de Inchazu-, Fernando Savid Buteler – en representación de Cabaña – y Carlos Pedro Febre -representante de Nilles- y los tres imputados quienes admitieron su culpabilidad. El damnificado, al serle explicadas por el juez las implicancias del acuerdo, mostró su conformidad.
Con las pruebas incorporadas al legajo quedó acreditado y probado que el día 29 de enero del corriente año Pablo Inchazu- cuando el damnificado se encontraba durmiendo en su domicilio de una localidad vecina- se presentó en el domicilio de éste junto a Juan Cabaña. Habían ido hasta la localidad desde Caleufú a bordo de un vehículo conducido por Daniel Nilles, quien los esperó a metros de la casa de la víctima.
Cabaña golpeó la puerta y luego de un intercambio de palabras entre éste y el damnificado, Inchazu- quien se mantenía escondido para no ser visto por la víctima- ingresó sin autorización de éste al interior del domicilio, comenzando a tirarle puntazos hacia su humanidad; causándole lesiones a la altura del tórax. Luego de concretado el ataque, los agresores se retiraron a bordo del automóvil conducido por Nilles.