Mediante un acuerdo de partes, establecieron que abone 3 mil pesos y que no pueda manejar por 18 meses.
El Juez de Audiencia de Juicio, Marcelo Pagano, condenó hoy a H.Q. por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas agravadas la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor; a la pena de multa de 3 mil pesos e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de dieciocho meses.
La sentencia se dictó a raíz de un Acuerdo de Juicio Abreviado que presentaron el Fiscal Hernán Cecotti, conjuntamente con el Defensor Oficial Guillermo Costantino y con el imputado H. Q., quien admitió su responsabilidad en el hecho. El damnificado, acompañante del conductor en el accidente, presentó su conformidad en el acuerdo.
El juez Pagano consideró probado que el día 29 de enero del año pasado, siendo aproximadamente a las 6:30 horas, el acusado comandaba su vehículo automotor en forma imprudente, negligente y violatoria del deber de cuidado, a consecuencia de lo cual perdió el control del rodado por exceso de velocidad. En momentos en que circulaba por calle 201 entre 500 y parque recreativo “Delfín Pérez” de esta ciudad, volcó el automóvil resultando gravemente lesionado uno de sus amigos y acompañante. El damnificado, que padeció traumatismo de columna cervical con fractura de vértebra y requirió tratamiento quirúrgico, no presentó denuncia.
En el fallo, el magistrado destaca que Q. “no observó los siguientes artículos de la Ley Nacional de Tránsito: art. 39 inc. b) en cuanto dice: “…Los conductores deben:… b) En la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito…”, y art. 50, que establece la Velocidad Precautoria, y que reza: “…el conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación…”.