Otro hecho con arma sin nadie preso: Baleó a un hombre, le causó graves lesiones y recibió una pena en suspenso

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11 Mayo, 2018 a las 11:12 hs.

El condenado deberá purgar una pena de 1 año y 6 meses de prisión en suspenso por dispararle en el abdomen a un vecino.



El Juez de Audiencia de Juicio Federico Pellegrino , condenó hoy a Darío Godoy, de 25 años, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.

Además le fijó las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir por el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control de la Unidad de Abordaje, del Ente de Políticas Sociabilizadoras y abstenerse de acercarse, perturbar o ejercer cualquier acto de intimidación para con el damnificado.

También dispuso “comunicar la presente sentencia al Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda (IPAV) para que arbitre los medios necesarios a fin de concluir con la conflictiva vecinal. Debiendo informar lo que disponga.”

El debate se realizó en la sala de Audiencia de la Oficina Judicial, con la presidencia del Juez Pellegrino, la fiscal Ivana Hernández y el Defensor Oficial Alejandro Caram.

El hecho juzgado en el Juicio ocurrió el 7 de septiembre de 2016, cuando el imputado se hallaba en el interior de su vivienda y escuchó que su sobrino estaba siendo agredido por el damnificado de apellido Ortega, vecino enfrente de su casa. Salió a la vereda con un revólver y efectuó disparos hacia Ortega, impactando uno de ellos en el abdomen, provocándole lesiones de carácter grave.

El magistrado expone en su fallo que “viejas disputas vecinales hicieron eclosión ese día” cuando el damnificado Ortega “cruzó de vereda y recriminó, primero al joven y luego emprendió contra Godoy, que nada tenía que ver con la agresión primaria, tomándolo del cuello y golpeando su cabeza contra la pared, pero superado ese momento, el encartado ingresó a su domicilio en busca del arma y volvió a salir a fin de amedrentar a Ortega, para posteriormente efectuar disparos, aumentando la ira de su oponente, que pese a estar herido, arremetió contra la vivienda arrojando escombros que se encontraban en la calle”.

Durante los alegatos de clausura, la Fiscal expresó que se encuentra probado el hecho investigado y solicitó “que se aplique una pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y la fijación de reglas de conducta por el término de dos años”.

También la Fiscal solicitó que una vez dictada la sentencia, la misma se comunique al IPAV, a fin de que medie en el presente conflicto vecinal a través de otorgar el permiso al cambio de vivienda o del alquiler de la misma al imputado.

En tanto el Defensor consideró en los alegatos que se dan los presupuestos típicos de un exceso en la legítima defensa y solicitó se aplique la pena mínima para el presente delito.

Por último, Pellegrino analizó el pedido de la defensa y afirmó que “no habré de coincidir con la postura defensiva, debido a que no encuentro configurada la necesidad de defensa por parte del imputado. En la oportunidad, no resultaba necesaria la defensa de ningún bien jurídico protegido penalmente, la situación ya había concluido y fue retomada voluntariamente por su conducta”.

Como circunstancias agravantes del delito Pellegrino consideró que “el hecho resultó de una amplia peligrosidad, tanto para la vida del damnificado como para ocasionales presentes en el lugar, en función de la multiplicidad de disparos efectuados. Y la recurrencia a un ejercicio de violencia extrema como solución a los conflictos”. Y como circunstancias atenuantes consideró “la inexistencia de antecedentes condenatorios, que determinan la ejecución de pena en forma condicional”.