Condenan a dos jóvenes por un asalto violento

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18 Diciembre, 2017 a las 22:07 hs.

Interceptaron a la víctima en la calle y la golpearon con un palo y un ladrillo. Uno va preso y el otro recibió una condena en suspenso.



Los condenados son Luis Miguel Alejandro Ávalos (24) y Franco Gastón Riva (21), dos jóvenes de General Pico. Ambos fueron juzgados a comienzos de mes, en un debate donde el fiscal Damián Campos había pedido una pena de 3 años y 2 meses de prisión efectiva para ambos, mientras que el defensor oficial Guillermo Constantino solicitó la absolución por el “beneficio de la duda”.

“De las pruebas incorporadas en la audiencia de debate, surgen los elementos requeridos para obtener certeza positiva, a fin de producir pronunciamiento condenatorio, en cuanto a autoría y participación de ambos imputados”, expresó en su fallo el juez de audiencia Carlos Pellegrino.

Según su reconstrucción, “el día 26 de marzo del corriente año, en oportunidad que el damnificado JAC, transitaba en forma pedestre por la vereda oeste de calle 20 entre 1 bis y 3 de ésta ciudad, en sentido sur-norte, en un horario aproximado a las 6:40 hs., fue interceptado por dos sujetos que munidos, uno de un elemento contundente, (hierro o palo de madera) y el otro, con trozos de ladrillos, comenzaron a agredirlo a efectos de sustraer su teléfono celular”.

Agregó que “ante la negativa del damnificado a entregar el aparato, arremetieron contra su humanidad, provocándole lesiones en su cabeza y antebrazo izquierdo. Con la intención del damnificado de solicitar auxilio, cruza hacia la vereda opuesta, tocando timbre en un domicilio, en el que luego se evidencian las secuelas del ataque. Situación que pone en fuga los agresores. La rápida y eficaz tarea policial, logra demorarlos instantes después y vincularlos a proceso”.

Por lo dicho, el magistrado condenó a Ávalos “como coautor material y penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de arma, en grado de tentativa, (…) a la pena de dos años y seis meses de prisión, que unificada con la pena impuesta mediante Fallo N° 208 de ésta Audiencia de Juicio, de fecha 26 de junio de 2013, compone la pena única de dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”.

Por la misma figura resolvió condenar a Rivas, aunque en su caso la pena fue la misma pero en suspenso porque no tenía condenas anteriores. Como quedó en libertad, le impuso como reglas de comportamiento “fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato” y “la prohibición absoluta de contacto y/o comunicación con el damnificado JAC”.