La medida, fundamentó Senasa, se enmarca dentro de la Ley 27.262 que “establece la prohibición en toda la jurisdicción nacional del uso y/o tratamiento sanitario con cualquier tipo de plaguicidas fumigantes en los granos, productos y subproductos, cereales y oleaginosas durante la carga de los mismos en camiones y/o vagones y durante el tránsito de éstos a su destino”.