Recibió una condena de prisión en suspenso por agredir a un árbitro de Fútbol

thumb image
27 Septiembre, 2017 a las 18:00 hs.

El juez de control, Nicolás Casagrande Lorences, condenó a Hugo Víctor Baronio, como autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por infracción a la ley 24.192 de Espectáculos Deportivos.



La pena es de dos meses de prisión en suspenso, más la inhabilitación para concurrir a espectáculos deportivos por ocho meses, que “por las características del presente caso específicamente resultará comprensiva de partidos de fútbol de la Liga Cultural y todos aquellos que queden bajo el régimen de la ley de espectáculos deportivos”.

Además le impuso al imputado, como reglas de conducta por el término de dos años y bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción, las obligaciones de fijar residencia y someterse al control de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, a la que deberá concurrir mensualmente entre los días 1 y 10 de cada mes.

Casagrande Lorences dictó la sentencia en el marco de acuerdo un juicio abreviado rubricado por el fiscal Oscar Cazenave, el defensor oficial Juan José Hermúa y Baronio, un albañil-constructor de 39 años, quien admitió ser el autor de los hechos probados.

Con relación a la víctima, el árbitro de fútbol Ignacio Marcos Muñoz, en el fallo se remarcó que la fiscalía hizo “reiterados intentos por ubicarlo” para notificarlo del acuerdo y recabar su opinión, añadiendo que todos ellos “fueron infructuosos” y que no pudo ser localizado. No obstante, el magistrado indicó que “ello no debe constituir un obstáculo para la administración de justicia, más aún cuando los intereses de la parte damnificada se han vistos resguardados de acuerdo a lo que se observa de la razonabilidad del acuerdo celebrado”.

Con las pruebas reunidas en el expediente, se probó que el 14 de abril pasado, a media tarde, durante la disputa de un partido de fútbol entre equipos de inferiores de Belgrano y All Boys, en la cancha auxiliar del primero de los clubes, Baronio agredió a Muñiz –que se desempeñaba “como primer asistente de árbitro”– y le provocó “eritemas en la cara lateral del cuello y en el pómulo derecho y una contusión en la tercera  falange del dedo meñique de la mano derecha”. En ese encuentro el hijo del acusado fue expulsado.

Entre esos elementos probatorios, Casagrande Lorences tuvo en cuenta la exposición policial efectuada por el damnificado, fotografías de la agresión, un DVD con registros fílmicos, un informe médico y tres declaraciones testimoniales.

“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados con la prueba reunida, toda vez que principalmente de las imágenes fílmicas captadas se observa cómo Baronio arremetió contra la integridad física de Muñiz, quien únicamente atinó a retroceder y evitar los golpes que le lanzó el encartado”, concluyó el juez.

Los artículos por los cuales se condenó a Baronio fueron el 89 del Código Penal, referidos a las lesiones, y el 1 y 10 inciso a) de la ley 24.192, que aluden a conductas que se cometan o en ocasión de un espectáculo deportivo, sea en el ámbito de concurrencia pública o en sus inmediaciones (antes, durante o después de él), y las inhabilitaciones que puede aplicar la justicia.