Golpeó y cortó con una botella a su ex: Va tres años a la cárcel

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31 Julio, 2017 a las 22:06 hs.

La víctima se desdijo para que el violento no vaya preso, pero la jueza entendió que estaba dentro del “circulo de la violencia”.



La jueza de audiencia Paola Loscertales condenó días atrás a un joven de 26 años, identificado con las iniciales RIO, por un hecho ocurrido el 16 de diciembre de 2016 y que fue debatido a comienzos de julio. En el juicio la defensora oficial María José Gianinetto solicitó la absolución del imputado “por el beneficio de la duda”, mientras que la fiscal Ana Laura Ruffini pidió que se lo condene a una pena de 3 años de prisión efectiva, computándole también una pena del años 2013 por un caso de amenazar y tenencia de elementos robados.

En su fallo, la magistrada consideró probado que “la víctima fue lesionada y amenazada por el encartado, quién visiblemente alterado y tras violentas recriminaciones la golpeó y la agredió con el cuello de una botella que expresamente rompió profiriendo amenazas en presencia de la hija en común menor de edad”. Esto consta en la denuncia que la damnificada, EEG, realizó en sede policial y luego en Fiscalía.

La doctora Loscertales se valió de las presentaciones antes mencionadas ya que “a lo largo del debate la misma intentó cambiar su versión de los hechos, caso típico donde las mujeres se culpan a sí mismas. Lo ocurrido, refleja a las claras lo que acontece en todos los casos de violencia familiar en los que la superioridad del varón se hace sentir sobre la mujer que con él convive y a la que domina y obliga al silencio. “Es muy frecuente en estos ámbitos observar situaciones de temor, sumisión, violencia psicológica y física por parte del imputado, a lo que se suma en este caso la dependencia económica de la víctima con éste, todo lo que genera una clara situación de desigualdad y sumisión, en donde el varón actúa sobre la mujer”.

“En estos contextos, ocurre con frecuencia que cuando la mujer logra superar su miedo inicial, quebrando el silencio que se le impusiera y realiza la denuncia, permitiendo conocer la violencia encerrada en los muros de esa vivienda, sucede luego, que nuevamente dominada, coaccionada, o bien, con un gran sentimiento de culpa se arrepiente y quiere retractarse intentando retirar la denuncia, tal como ha sucedido en autos”, explicó.

De todas formas aclaró que “las pruebas reseñadas permiten tener por acreditado que los hechos sucedieron tal cual lo señalara la fiscal y que el imputado ha sido el autor de los mismos”. Cabe señalar que contó con testimonios de familiares, vecinos, policías, peritos y médicos que coincidieron en que tras el hecho la mujer estaba ensangrentada, golpeada y que manifestaba que su ex pareja la golpeó a ella y su hija, además de cortarla y amenazarla. .

Señaló la jueza que “el imputado es responsable por la comisión de los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo (…) y amenazas agravadas por el uso de arma (…) en concurso real (…)”.

A la hora de merituar la pena valoró como situaciones atenuantes “su condición sociocultural, su nivel de instrucción y el hecho no menor de que posee hábitos laborales”. En cambio, como agravantes tuvo en cuenta “los antecedentes condenatorios informados por el Registro Nacional de Reincidencia que demuestran su no apego a la ley, el estado de indefensión y de vulnerabilidad en la que se hallaba la víctima, la desconsideración respecto de la misma y de su hija las cuales fueron afectadas por tal situación”.

“La solicitud de una pena privativa de libertad de tres años de prisión lleva a un alejamiento del mínimo previsto en la escala penal resultando para la suscripta coherente y acorde con el hecho investigado, de allí que se receptará la moción punitiva”, opinó..

Finalmente resolvió que además de condenar al imputado se le dé “intervención a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, delegación Zona Norte dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa, para que a través de la Dirección de Violencia Familiar o de la repartición pública que considere apropiada, lleve a cabo abordaje y seguimiento del caso, y brinde la asistencia necesaria y adecuada a E.G. y a su hija debiendo informar a la Oficina de Asistencia a la Víctima del delito”.

También ordenó “remitir copia de esta resolución al Juzgado de la Familia y del Menor, Defensoría, Asesor de Menores y a las autoridades que correspondan, a fin de que se evalúe la pertinencia de su intervención y en caso de corresponder tomen las medidas apropiadas con el fin de evitar nuevas escaladas de violencia”.