El violento fue condenado y no podrá acercarse a la víctima.
La jueza de control, María Jimena Cardoso, condenó esta semana a un joven de 21 años a 6 meses de prisión de ejecución condicional, por encontrarlo responsable del delito de “lesiones leves calificadas por el vínculo (relación de pareja)” en perjuicio de su ex pareja -menor de edad- y madre de un hijo en común.
Además le fijó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar domicilio y en caso de modificarlo comunicar previamente al Juez de Ejecución o Fiscal; prohibición de acercamiento a no menos de 200 mt. del domicilio de la víctima y/o de los lugares que habitualmente concurra la misma, y prohibición absoluta de comunicación y contacto con la nombrada; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; realizar un tratamiento psicológico -previa acreditación de su necesidad y eficacia- que incluya en su abordaje la perspectiva de género, destinado a que no vuelva a incurrir en comportamientos violentos como los que son objeto del delito por el que aquí se lo condena.
La resolución de Cardoso fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscal Ana Laura Ruffini , el defensor oficial Alejandro Caram y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad. La damnificada también mostró su conformidad con el acuerdo arribado por las partes.
Con las pruebas incorporadas al legajo quedó probado que el 26 de noviembre del año pasado, en el domicilio donde reside la damnificada junto a sus progenitores, el imputado la agredió físicamente aplicándole un golpe de puño en el rostro. Como consecuencia de la agresión recibida, la joven sufrió lesiones de carácter leve, conforme el certificado médico extendido ese mismo día.