Abusos en 25 de Mayo: Las partes presentaron impugnaciones ante el TIP

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21 Abril, 2017 a las 10:52 hs.

En una audiencia realizada hoy, defensa, querella y fiscalía presentaron sendas impugnaciones ante los jueces.



Hoy, en el Tribunal de Impugnación Penal, se realizó una audiencia donde cada una de las partes intervinientes en el proceso por los abusos sexuales cometidos en el Jardín de Infantes N° 12 de 25 de Mayo mantuvo los recursos de impugnación, presentados oportunamente, contra la sentencia dictada por el Tribunal de Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial el pasado 1 de febrero.

La audiencia –presidida por los jueces del TIP, Mauricio Piombi y Fernando Rivarola– es la que prevé el artículo 410 del Código Procesal Penal de La Pampa y, aunque habitualmente es pública, en esta oportunidad no lo fue debido a que en la causa están involucrados menores. A partir de ahora, los magistrados tienen 20 días hábiles para pronunciarse sobre las impugnaciones presentadas por la fiscalía, los defensores y los querellantes particulares.

Por distintos motivos, las tres partes cuestionaron el fallo de los jueces Gastón Boulenaz, Andrés Olié y Gabriel Tedín. Por eso hoy el fiscal general de la Tercera Circunscripción, Jorge Marcelo Amado, y el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez; los abogados querellantes Vanesa Ranocchia Ongaro y José Mario Aguerrido (reemplazó a Armando Agüero, que fue designados fiscal general de la Segunda Circunscripción) y los defensores particulares, Omar Gebruers y César Augusto Rodríguez, ratificaron los recursos de impugnación.

El Ministerio Público Fiscal y los querellantes porque habían acusado por seis casos y por penas más severas y el Tribunal de Audiencia condenó solamente por tres; y los defensores porque sostienen que no hubo pruebas suficientes y, por lo tanto, dijeron que los cuatro imputados deben ser absueltos. Gebruers también hizo alusión a una denuncia propia acerca de que el fallo fue redactado pocos días después de concluido el juicio oral.

Todos los acusados del caso son docentes. El principal es Marcelo Tatavitto Roade, quien fue condenado a 18 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor (artículos 45 y 119, segundo párrafo y cuarto párrafo inciso a) del Código Penal), abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño (45 y 119, segundo párrafo) y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor (45 y 119, segundo párrafo); todos hechos que deben concursar en forma material. Las víctimas fueron tres alumnos de cuatro años del JIN 12 de 25 de Mayo.

Los jueces de audiencia también condenaron a María José Tello a tres años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación especial para desempeñar cualquier cargo público, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público (45 y 248), en relación con los hechos que tuvieron como víctimas a esos alumnos.

Oscar Aníbal López recibió una pena de siete años de prisión por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos (artículos 45 y 119, segundo párrafo), y Gabriela Angélica Bastías recibió la misma sanción por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de ese mismo niño.

A su vez absolvió a Tatavitto y Tello por hechos similares que fueran motivo de acusación con respecto a otros tres alumnos del JIN por aplicación del artículo 6 del Código Procesal Penal, que especifica que en caso de duda razonable debe fallarse a favor del imputado.

Al momento de los hechos Tatavitto era secretario de Coordinación de nivel secundario por la mañana, y ejercía sus tareas en el edificio de la Escuela Especial N° 10, donde a su vez funcionaba el jardín de infantes. A la tarde se desempeñaba como secretario del colegio secundario Alfageme, cuyo director era López. Tello y Bastías eran las maestras de los niños. Los abusos se cometieron en el baño de Coordinación y en una quinta que es propiedad de Tatavitto.

Durante los alegatos, Amado y Méndez habían pedido una pena de 25 años de cárcel para Tatavitto Roade por los abusos contra seis alumnos, 22 años para Tello y 10 para López y Bastías; adhiriendo las querellas a esos requerimientos. Gebruers ¬-defensor de Tatavitto, Tello y Bastías– y Rodríguez, en nombre de López, alegaron por las absoluciones de los cuatro.