El juez Alejandro Gilardenghi: “Fue una resolución salomónica, porque garantiza el proceso con garantías para todas las partes”

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21 Marzo, 2017 a las 19:28 hs.

“Esto fue lo que ponderé cuando resolví el arresto domiciliario”, dijo el Juez.



Argumentó su decisión manifestando que “cuando resuelvo todos los puntos y ordeno las pericias que el fiscal solicitó, resuelvo con respecto a la prisión preventiva que sea domiciliaria,  porque entiendo que están dadas las pautas dentro del Código Procesal Penal para que así sea y utilizo una opción que me la permite la ley  que es sustituir la prisión preventiva por una medida de coerción menos grave para el imputado siempre que se pueda llegar la averiguación de la verdad real sin ningún tipo de problemas”.

El hecho habría ocurrido el día 9 de marzo, la denuncia se radicó en la Unidad de Género el día 12 y el martes 14 de marzo se llevó a cabo la Audiencia de Formalización.

La calificación legal de la causa es “Abuso Sexual con acceso carnal”, dijo Gilardenghi. En el viejo CP, se lo tipificaba como “violación”. Sobre la causa no quiso dar detalles “porque estamos en pleno proceso investigativo que estimo puede llegar a estar resuelta en los primeros días de la semana venidera”.

¿Por qué hay tantas críticas a la resolución?
“Creo que se informó mal. El imputado no está en libertad, sino que está cumpliendo una prisión preventiva domiciliaria y por ahora se están respetando todos los pasos y no hay ningún tipo de violación a esa medida. Si el imputado no la cumple se revocará en forma automática”.

“Creo que esto es lo que critica la querella. Pero al menos que se pruebe que el imputado no cumple con el arresto domiciliario, no hay marcha atrás”.

El juez aclaró que “este no es el primer caso de arresto domiciliario en este palacio de tribunales” y que ninguna decisión del juez “es irrevocable. “Si hay algo que no le gusta a los fiscales o querellantes que presenten un recurso”.

Sostuvo que siempre el tratamiento es distinto frente a una causa que involucra a un mayor de edad a diferencia de un menor.

“No es lo mismo investigar para un fiscal un abuso sexual de un menor edad, que el de un mayor. El testimonio de un menor de edad se lo toma en un gabinete especial a través de una psicológa, en una cámara gesell donde que queda grabado con un video y donde las partes están detrás de un vidrio y pueden sugerirle preguntas a la profesional que está realizando la entrevista. Esto se toma una vez, se graba y no se lo vuelve a interrogar más. En cambio una persona mayor de edad como en este caso, realiza  una denuncia, luego se toma, si es necesario, una entrevista informal, que no se graba y que no vale por si mismo porque esta persona va a tener que venir a declarar el día del juicio”.

Por último y volviendo al caso señalado dijo: “Lo que yo valoré en esta oportunidad es que puedo garantizarle a la víctima que declare libremente en el juicio sin necesidad de que esta persona esté detenido en una celda, durante el proceso de investigación. Se puede garantizar lo mismo el proceso con esta medida de coerción y hasta este momento no se verificó ningún incumplimiento por  parte del imputado”.