Joven no irá preso pese a que golpeó la cabeza de su ex contra una pared hasta dejarla inconsciente

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17 Marzo, 2017 a las 17:32 hs.

Fueron varios los episodios violentos, que incluyeron todo tipo de maltratos y amenazas de muerte. Recibió una pena en suspenso.



El juez de control Diego Ambrogetti condenó este jueves a un hombre de 24 años, de una localidad vecina, a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional por encontrarlo responsable de los delitos de “lesiones leves calificadas por haber sido cometidas contra la persona con la que mantuvo o mantiene una relación de pareja –dos hechos-, amenazas simples, violación de domicilio y desobediencia judicial en concurso real”, contra su ex pareja.

La resolución del juez se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado firmado por la fiscal Ana Laura Ruffini, el defensor oficial Walter Vaccaro y el consentimiento de la víctima y el imputado.

El hecho de violencia ocurrió el 1 de noviembre de 2016, en horas de la mañana, el imputado agredió físicamente a su ex pareja en el momento en que se encontraba en su domicilio tomándola bruscamente de los brazos, sacándola hacia el exterior de la vivienda por una ventana, causándole lesiones en brazos y piernas.

Asimismo, el día 4 de noviembre el imputado se apersonó nuevamente en el domicilio de su ex pareja, más precisamente estando en la vereda del inmueble, empujándola y haciéndola caer al suelo, causando que se golpeara la cabeza contra un pilar del frente del inmueble.

Posteriormente y en el interior de la vivienda, le propinó varios golpes de puño en el rostro profiriéndole amenazas aduciéndole “…que iba a prender fuego la casa, con todos adentro…”. Luego y en el momento en que la víctima se encontraba en el baño del inmueble, haberla tomado de los pelos, llevándola hacia el comedor, tomándola del cuello y golpearle la cabeza contra la pared causando que la misma pierda el conocimiento.

Por último, se acusa al imputado de haber retomado la relación con su ex pareja, desde el 21 de diciembre de 2016 hasta el 8 de febrero de 2017, conviviendo en el mismo domicilio, luego de que fuera notificado el día 8 de noviembre de 2016, de la medida sustitutiva de la prisión preventiva dictada por el juez Ambrogetti consistente en prohibición de comunicación y acercamiento respecto a la mujer.

En la Audiencia de Visu que el Juez mantiene con las partes por separado, la damnificada expresó que su voluntad era la de que la causa no continuara y solicitó que, de ser posible, no se le impongan al imputado medidas de restricción de acercamiento y comunicación para con su persona.

No obstante, el juez dictó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo, avisar previamente al Juez de Ejecución o Fiscal; prohibición de acercamiento genérica respecto de la damnificada y/o de los lugares a los que habitualmente concurre la nombrada y prohibición de todo tipo de comunicación y contacto con la misma; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas y someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.