Tras golpearla con un palo, la obligó a limpiar las manchas de sangre y a cebarle mates

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23 Febrero, 2017 a las 19:04 hs.

El juez de audiencia, Gastón Boulenaz, condenó a Claudio Javier Luna Defeo a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, por ser autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con amenazas simples, las que deberán ser valoradas en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. La víctima fue su pareja.



Además le impuso como reglas de conducta, durante dos años, fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras para personas en conflicto con la ley penal.

La sentencia fue dictada a partir del pedido de juicio abreviado convenido entre el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora particular Vanesa Ranocchia Ongaro y el propio imputado, un comerciante de 39 años, quien aceptó la autoría de los hechos. La víctima prestó su consentimiento cuando fue informada del acuerdo.

En el legajo quedó probado que el 13 de octubre de 2015, a la una de la madrugada, Luna Defeo interceptó a su pareja en Arriaga y Selva Norte, la ingresó a su camioneta Kangoo y “comenzó a recriminarle sobre un presunto amante, agrediéndola mediante golpes de puño”. Una vez que llegaron a la vivienda que compartían e ingresaron al garaje, “el imputado se bajó, tomó un palo y comenzó a agredirla en la zona del brazo, la mano izquierda y la cabeza, mientras aún se encontraba en el interior del vehículo.

Posteriormente obligó a la víctima a limpiar las manchas de sangre que habían quedado en la camioneta, a lavar la ropa con sangre y a cebarle mates, mientras la amenazaba diciéndole que hablara porque si no le iba a atar las manos y la golpearía con un palo”. A las 9.15, cuando el acusado se retiró del domicilio, la mujer aprovechó esa circunstancia para concurrir a hacer la denuncia.