Ratificaron condena a Policía que drogó y raptó a una joven

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7 Febrero, 2017 a las 11:46 hs.

El TIP confirmó hoy la condena al uniformado Daniel Pérez. La víctima es su ex empleada doméstica de 18 años.



La Sala A del Tribunal de Impugnación Penal, con los votos de los jueces Pablo Balaguer y Filinto Rebechi, no hizo lugar a un recurso de impugnación y, de esa manera, confirmó en un todo la sentencia contra el policía Daniel Aníbal Pérez, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor material y penalmente responsable del delito de rapto (artículo 130 del Código Penal), en perjuicio de una joven de 18 años.

Ese fallo había sido dictado el 6 de julio del año pasado por el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, conformado por los jueces Carlos Besi, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora. Ellos habían dado por probado que el 11 de mayo de 2012, a la noche, la víctima había concurrió a la casa de servicio del destacamento policial donde vivía el acusado, ya que trabajaba como servicio doméstico.

En esas circunstancias, Pérez le dio para beber “un trago que contenía Gancia con Sprite, al cual le incorporó benzodiacepina (un medicamento psicotrópico), provocando un estado de somnolencia y confusión en la víctima, con la finalidad de ejercer sobre ella actos de contenido sexual –los cuales no han sido corroborados, en su alcance y modalidad–, reteniéndola hasta aproximadamente la una del día siguiente, momento en el cual la llevó a un domicilio donde estaban sus amigas”, dijo la Audiencia.

El defensor oficial, Edgardo Javier Trombicki, impugnó el fallo arguyendo que la condena se fundó solo en los dichos de la denunciante, sin tenerse en cuenta la declaración del imputado. En tal sentido, enumeró –a su criterio– las contradicciones que mostró la joven en su relato, afirmó que ella fue voluntariamente a la vivienda de Pérez, e indicó que si tenía “rastros de benzodiacepinas en su orina, ello no implicaría que el imputado se la haya procurado en la bebida, ya que (el medicamento) no fue encontrado entre todos los elementos que se secuestraron en el inmueble”.

Balaguer, autor del voto del TIP, al que adhirió Rebechi, sostuvo que “los dichos de la víctima no tuvieron contradicciones que merezcan reparos por cuanto contó siempre lo mismo”; agregando que “las contradicciones aludidas por la defensa no logran conmover el material probatorio, en tanto no se trató de la sola declaración de la joven (…); habiendo una clara finalidad sexual de mantenerla retenida en su domicilio con la utilización de un sedante, y habiendo logrado posiblemente mucho más, aunque en esto resultó limitante el impulso de la calificación legal” dada por la fiscal Alejandra Gabriela Moyano.

“En este contexto, fuera de la teoría del caso de la fiscalía, y que quedó acreditada en el debate, no hay razonabilidad en sostener la presencia de la benzodiacepina por otro motivo que no fuera la típicamente encuadrada como delito de rapto”, concluyó el TIP.

Durante el juicio, Moyano había acusado al policía del delito de rapto, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad cometida con violencia, equiparando este último término porque le suministró a la víctima una sustancia narcótica (artículos 130, 54 y 142 inciso 1 en relación al 78), y requerido una pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.