Monotributo 2017: Modifican escalas y aumentan cuota mensual

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21 Diciembre, 2016 a las 19:56 hs.

El proyecto para modificar Ganancias también incluyó una actualización en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. 



El texto que esta semana debatirá el Senado y luego la Cámara de Diputados incluye cambios en las escalas y aumentos en las cuotas que pagan los trabajadores incluidos en el régimen todos los meses.

(Infobae) Finalmente el Congreso se encamina a sancionar una nueva ley del Impuesto a las Ganancias, que cambiará de nombre y comenzará a llamarse Impuesto sobre Ingresos del Trabajo Personal. Sin embargo, el proyecto abarca otras cuestiones más amplias.

Una de ellas es el Monotributo, el régimen simplificado de la AFIP para los pequeños contribuyentes. El texto que esta semana debatirá primero el Senado y luego la Cámara de Diputados incluye cambios en las escalas y aumentos en las cuotas que pagan los trabajadores incluidos en el régimen todos los meses.

El título II del dictamen firmado esta madrugada lleva a $700.000 el tope de ingresos brutos devengados en un año para permanecer dentro del régimen en el caso de locación y/o prestación de servicio. El umbral se extiende hasta $1.050.000 para la venta de bienes muebles.

monotributo

El máximo de facturación aceptado para ser considerado monotributista pasará de 400.000 a 700.000 pesos para quienes prestan servicios, y de 600.000 a 1.050.000 de pesos para las ventas de bienes muebles, en tanto que las cuotas aumentarán la mínima de 39 a 68 pesos y la máxima de 2.700 a 4.725 pesos en todos los casos con un incremento de 75% respecto de los valores actuales. También se modificaron los valores máximos de facturación por escala, y se establecieron de la A a la K, cuando hasta ahora era de la B a la L.
Así para la primera categoría, A (ex B), la facturación máxima se fijó en 84.000 pesos anuales de los actuales 44.000 pesos, que pagará una cuota de 68 pesos al mes.
Para ser de la segunda categoría, B (ex C), no se podrá tener ingresos brutos mayores a 126.000 pesos, cuando en la actualidad están en 72.000 pesos, y la cuota pasará de 75 a 131 pesos.
La tercera categoría, la C (ex D), que antes tenía un tope de facturación de 90.000 pesos, ahora será de 168.000 pesos, y la cuota de 224 pesos en lugar de 128 pesos.
En el caso de la cuarta categoría, D (ex E), lo máximo que se podrá tener de ingresos brutos son 252.000 pesos, en vez de 144.000 pesos; y lo que se abona mensualmente pasará de 210 a 368 pesos.
El monotributista de la quinta categoría, E (ex F), no deberá superar los 336.000 pesos, actualmente en 192.000 pesos, y pagará 700 pesos en lugar de 400 pesos.
Para el caso de la sexta categoría, F (ex G), el tope se fija en 420.000 pesos, hasta el momento en 240.000 pesos; y el pago mensual aumenta de 550 a 963 pesos.
La séptima categoría, G (ex H), pasará a tener un máximo de ingresos brutos de 504.000 pesos, de los actuales 288.000 pesos; y una cuota de 1.225 pesos, en lugar de 700 pesos.
La facturación máxima de la octava categoría, H (ex I), la última para prestación de servicios, pasará de 400.000 a 700.000 pesos, y la cuota de 1.600 a 2.800 pesos.
Quedan tres categorías más para el caso de las ventas de bienes muebles, cuyos topes pasarán en la I (ex J), de 470.000 a 822.000 pesos, y la cuota, de 2.000 a 3.500 pesos.
En la J (ex K), el máximo de ingresos brutos permitidos pasará de 540.000 a 945.000 pesos, con un pago mensual que aumentará de 2.350 a 4.113 pesos.
Por último, la categoría K (ex L) tendrá un tope de 1.050.000 pesos, en lugar de 600.000 pesos; y una cuota de 4.725 en vez de 2.700 pesos.
En todos los casos hay que sumarles 157 pesos de aportes al Sistema Previsional Argentino (SIPA), y 419 pesos a la obra social, en caso que corresponda.

Además se establecieron nuevos valores para el impuesto integrado mensual y el aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que sumados a lo que se destina a la obra social (hoy en $419), generan el importe mensual que deben pagar los contribuyentes.

La iniciativa contempla además que “los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales fijas, se incrementarán anualmente en el mes de septiembre en la proporción de los dos últimos incrementos del índice de movilidad de prestaciones previsionales”. Esto quiere decir que una vez sancionada la ley, la modificación del Monotributo dejará de depender de una decisión política del gobierno de turno y se actualizará automáticamente.