La Pampa y la lucha contra el sedentarismo

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18 Diciembre, 2016 a las 12:35 hs.

En la sesión del pasado jueves se aprobó la ley presentada por Martín Berhongaray.



La Ley sancionada pretende implementar en la provincia de La Pampa los extremos consagrados en la Ley Nacional 27.197, impulsando el desarrollo de niveles adecuados de actividad física que se desalienten las conductas sedentarias.

El objetivo es luchar contra el sedentarismo, promoviendo la salud mediante la actividad física en el marco del desarrollo de políticas públicas sobre prevención y control de enfermedades crónicas no transmisibles y de todas aquellas otras que ayuden al bienestar total de la persona.

Ello en la inteligencia de que el poco ejercicio incrementa los problemas de salud.  

Al punto que el sedentarismo integra los listados de factores de riesgo mayores junto al tabaquismo, la hipertensión arterial, la diabetes y la obesidad.

En efecto, constituye una de las diez causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, además de erigirse en el segundo factor de riesgo de una mala salud –después del tabaquismo–,  porque duplica el peligro de sufrir enfermedades cardiovasculares, diabetes tipo II y obesidad, entre otras enfermedades.

Hace tiempo que la comunidad internacional, entre otros la Organización Mundial de la Salud, viene manifestando su preocupación por los elevados niveles de inactividad física, no sólo en los países en vías de desarrollo sino también en los desarrollados.

Cuando se consolidan en el tiempo las conductas sedentarias, se ingresa en un círculo vicioso, requiriéndose para revertirlo el despliegue de un conjunto de políticas públicas tendientes a favorecer la conquista de niveles de actividad física recomendados.

En definitiva, se buscan establecer comportamientos que mejoren la calidad de vida de las personas, preserven adecuadamente su salud y contribuyan al bienestar general.

Dadas las características de la temática abordada, la iniciativa acordó que la autoridad de aplicación resulte ejercida en forma conjunta por los Ministerios de Salud, Cultura y Educación y Bienestar Social de la Provincia, que serán los organismos encargados de planificar, formular y gestionar políticas públicas para la promoción de la actividad física y disminución del sedentarismo y de otras amenazas al bienestar de la persona.

Asimismo les corresponderá facilitar, desde la educación permanente, las iniciativas de estímulo y disminución del sedentarismo en lugares de trabajo, estudio, la vida cotidiana y el tiempo libre.

Entre otras tareas deberán monitorear los niveles de actividad de la población, con especial énfasis en grupos vulnerables como es el caso de las niñas, niños, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad.

Va de suyo que también resultará necesario promover el incremento en cantidad y diversidad de los espacios aptos para realizar los ejercicios.