Homicidio de Echegaray: El autor confesó el hecho y pidieron su “responsabilidad penal”

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30 Noviembre, 2016 a las 23:41 hs.

La Fiscalía, la Querella y la Defensa coincidieron en que el juez debe declarar responsable al autor del asesinato en barrio Rucci.



En la jornada de hoy, a doble turno, se llevó a cabo el debate oral por el homicidio de José Marcos Echegaray, quien fuera ultimado por un menor el 4 de febrero de este año, quien le disparó en varias oportunidades y a plena luz del día. El hecho ocurrió frente a la casa de la hermana de la víctima, calle 104 entre 109 y 11 del barrio José Ignacio Rucci.

“Iniciamos a la mañana con los primeros testigos del debate, que eran personas que vieron el hecho, que estaban con Marcos Echegaray al momento en que se producen los disparos y él es herido. Después se escuchó al personal policial que intervino en el lugar, que hizo varios procedimientos, porque hay que recordar que en este caso como los familiares de la víctima conocían al agresor en forma inmediata la Policía logró identificar en que lugares podría estar y se dio con el autor en un domicilio cercano al lugar del hecho”, recordó la fiscal Ivana Hernández.
Agregó que “a la tarde continuamos la jornada, donde declararon el forense que realizó la autopsia y el personal de criminalística que realizó el relevamiento en el lugar”.

Respecto a cómo se reconstruyó el trágico episodio, contó que el día del mismo “lo que se pudo determinar es que Echegaray estaba en un auto de su propiedad, un Citroën, en frente de la casa de su hermana, que se le acerca el menor con un arma, por lo tanto el damnificada intenta resguardarse utilizando el asiento del vehículo, que lo sacó como para cubrirse”.

Posteriormente, “es impactado, hubo cuatro disparos. Echegaray no fue ultimado en forma inmediata, sino que tuvo una sobrevida de unos minutos, por lo que hizo unos metros como siguiendo al agresor, se quedó sin aire y se dirige hacia el medio de la calle donde cayó, es levantado por el SEM y llevado al hospital, donde falleció”.

Durante la investigación trascendió que el imputado lideraba una banda de adolescentes que molestaba a los vecinos del barrio y que esto lo habría llevado a enfrentarse en varias oportunidades con el joven asesinado. La investigadora aclaró que “eso no fue acreditado, pero si se acreditó que hubo una discusión o enfrentamiento previo entre Echegaray y el menor, prácticamente un mes antes de eso y en ese mismo domicilio”.

“Al día sospechamos que esto fue lo que motivó la bronca que quedó dando vueltas y terminó en el hecho –indicó-. No quedó acreditado, ninguno de los protagonistas lo dijo, si había pasado o habido algo más que motivara semejante reacción, porque la verdad es que todos nos sorprendemos por semejante reacción, por la violencia utilizada, por una bronca menor”.

Reveló que el informe del psiquiatra que evaluó al detenido no solo determinó que el mismo es “imputable”, sino que además lo describió como alguien que posee “rasgos de impulsividad”.

Sobre los alegatos, la doctora Hernández comentó que, al tratarse de un menor de edad, “se pidió lo único que se puede pedir en estos casos, la responsabilidad penal. Luego de la sentencia se esperará que se remitan las actuaciones al Juzgado de la Familia y el Menor, que es el que determina las consecuencias y penas a imponer”.

Aclaró que “no hubo oposición de la defensa, porque temprano lo primero que hizo el imputado fue reconocer que el hizo esto. Confesó, se mostró arrepentido de lo que había pasado y le pidió perdón a la familia. Luego lo volvió a hacer al final de la audiencia”.

Informó que el juez de audiencia Marcelo Pagano leerá la sentencia el 7 de diciembre. También precisó que el chico sigue internado en el IPESA y que previamente contaba con ingresos a dependencias policiales, pero por hechos menores.

Finalmente se refirió a otra causa vinculada a esta, que fue la que se le inició en su momento a un vecino del barrio Rucci que escondió al homicida antes de que la Policía lo encontrara “Esa fue una investigación que corrió paralela a esta, pero en esos casos cuando se demuestra una relación de amistad previa hay una concesión o excepción, que se denomina excusa absolutoria, de manera tal que en ese legajo de investigación no se pudo avanzar por eso, porque esta persona que lo refugio era amiga de él”.