El pedido del máximo organismo judicial pampeano para lograr “mayor transparencia en los actos de gobierno”
El Superior Tribunal de Justicia dio otro paso importante en la búsqueda de una mayor transparencia de los actos de gobierno, y más acceso a información relacionada con la actividad de los funcionarios públicos, al solicitarle al fiscal de Investigaciones Administrativas, Juan Carlos Carola, “arbitrar los medios necesarios para analizar, en forma conjunta, la posibilidad de que el organismo a su cargo reciba las declaraciones juradas que los magistrados y funcionarios del Poder Judicial presentan anualmente y se realicen los controles correspondientes”.
La decisión que adoptó el STJ está contenida en el acuerdo 3476, que firmaron esta semana los cinco ministros del cuerpo, Eduardo Fernández Mendía, Hugo Oscar Díaz, Elena Victoria Fresco, José Roberto Sappa y Fabricio Hildebrando Luis Losi, y el procurador general Mario Oscar Bongianino.
Esta resolución no es algo aislado, sino que forma parte de un conjunto de medidas que el STJ ha venido adoptando en los últimos tiempos en igual dirección. En tal sentido puede mencionarse “la adopción de principios de ética judicial” (acuerdo 3408 de adhesión a los Principios de Ética Judicial declarados en la Parte I del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial), y “la incorporación de herramientas tecnológicas para la modernización de los procesos y mejora de acceso a la información” (acuerdo 3296 sobre la incorporación a la Sala B del STJ al sistema de notificaciones y presentaciones regulado; acuerdo 3469 sobre el Reglamento sobre Principios de Publicidad y Comunicación Judicial; etc.).
La acordada 3476 señala que “la transparencia constituye una nota esencial del sistema republicano que implica, entre otras cosas, el diseño de mecanismos que garanticen la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a información relacionada con la actividad de los funcionarios públicos”.
Añade que “la profundización de este principio posibilita el efectivo control social sobre dichos actos, lo que en definitiva se traduce en un perfeccionamiento de la calidad institucional (a mayor transparencia, mejor acceso a la información y, por ende, más posibilidades de control)”.
El texto remarca que “este Superior Tribunal, justamente, tiene como uno de los ejes prioritarios de su política institucional, el diseño de mecanismos que optimicen la publicidad de los actos de gobierno, el acceso a la información, el control y opinión de la gestión, y el afianzamiento de la confianza del ciudadano en el sistema judicial”.
“En base a dichos lineamientos –agrega–, en esta nueva instancia corresponde comenzar a analizar el eventual rediseño del sistema de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales de los magistrados y funcionarios integrantes del Poder Judicial”.
“A más de una década del dictado de dicha reglamentación, resulta necesario adecuar el sistema a los nuevos paradigmas que reclaman acciones tendientes a una cada vez mayor apertura y accesibilidad a la información. Es que la adopción de sistemas ágiles y abiertos de presentación y acceso a las declaraciones juradas patrimoniales (…) resulta un aspecto central de la transparencia en la gestión dado que facilita la detección de posibles hechos de corrupción o conflictos de intereses en los que pueden incurrir los integrantes del Poder Judicial”, indica la resolución.
Diálogo institucional
Por otra parte, la concreción de un régimen de declaraciones juradas “es una exigencia del sistema republicano, pues la transparencia de quienes ejercen responsabilidades de gobierno es un elemento constitutivo del requisito de idoneidad que impone la Constitución Nacional para el desempeño de la función pública”, según reza la acordada N° 57 de la Corte Suprema de la Nación referida al tema.
“En tal sentido –expresaron los ministros del STJ–, una de las primeras acciones que se pretende analizar es la posibilidad de presentar las declaraciones juradas ante la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, por ser éste el órgano provincial especializado en la materia, y ante el cual los funcionarios públicos provinciales presentan sus respectivas declaraciones”.
“Actualmente –dijeron– la FIA cuenta en su organigrama con un sector dedicado a la recepción de las declaraciones juradas y control patrimonial. Dicha dependencia se encuentra dotada de personal altamente capacitado y recursos técnicos que permiten un eficiente control de la evolución patrimonial de los funcionarios públicos, resguardando la privacidad de ciertos datos (debe puntualizarse que la Fiscalía de Investigaciones Administrativas no realiza publicaciones de datos sensibles)”.
“En dichas condiciones, y teniendo en cuenta principios de eficiencia y transparencia, prima facie resultaría conveniente apelar a los recursos humanos y técnicos de la FIA y a su experiencia recogida en estos años, para viabilizar mecanismos que optimicen los controles en la evolución patrimonial de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial”.
Finalmente, el STJ remarcó que “en virtud de lo dicho, se estima necesario iniciar un diálogo institucional con el fiscal de Investigaciones Administrativas a fin de analizar, en forma conjunta, la posibilidad de que el organismo a su cargo reciba las declaraciones juradas que se presentan anualmente, de conformidad al acuerdo N° 1899, y se realicen los controles correspondientes”.