Joven irá 7 años a prisión por cometer tres asaltos y amenazar a policías con un arma

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26 Agosto, 2016 a las 18:33 hs.

El condenado tiene 7 años y ya tenía una sentencia condenatoria previa. Su cómplice recibió una pena en suspenso.

El juez Florentino Rubio

En la Sala N° 1 del Palacio de Tribunales de General Pico el juez de audiencia Florentino Rubio dio a conocer su sentencia condenatoria contra Alex Javier Quiroz (21) y Agustín Joel Andrada (19), quienes fueron juzgados los días 19, 17 y 18 de agosto. En el debate oral y público el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el doctor Damián Campos, mientras que los imputados fueron representados por los abogados particulares Fernanda Coronel y Abel Tanus Mafud.

El doctor Rubio señaló en su fallo que, mediante la prueba recopilada a lo largo del juicio, se pudo comprobar en primer término que “el día 28 de noviembre de 2015, aproximadamente a las 05:00 horas, en la calle 113 entre Avenida San Martín y calle 18, de esta ciudad, Alex Javier Quiroz, junto a otra persona que no ha podido ser identificada, tras haber sido amenazado por Quiroz con una pistola, le sustrajeron a SG una campera marca Kevingston y un teléfono celular marca Sony modelo Xperia”.

Al día siguiente “alrededor de las 03:30 horas, en la calle 6 bis entre la calles 105 y 103 de esta ciudad, Alex Javier Quiroz junto a Agustín Joel Andrada, tras haber sido amenazado con una pistola por Quiroz, le sustrajeron a ES un teléfono celular marca Samsung Galaxy Fame Lite, modelo GT, S6790PWPUFN y una billetera conteniendo el documento nacional de identidad, el carnet de la obra social y las constancias de los últimos sufragios”.

Además, el 29 de ese mismo mes y año “aproximadamente a las 05:40 horas, en la intersección de las calles 2 y 115 de esta ciudad, Alex Javier Quiroz junto con otra persona que no ha podido ser identificada, tras haber sido amenazado con una pistola por Quiroz, diciéndole que le diera el celular que llevaba o si no lo quemaba, le sustrajeron a ELO, un teléfono celular marca Samsung Galaxy, modelo Yong 2”.

Finalmente, al siguiente día “siendo aproximadamente las 02:10, en la intersección de las calles 117 y12 de esta ciudad, Alex Javier Quiroz, quien se encontraba junto a Agustín Joel Andrada, apuntó con una pistola marca Tala, calibre 22, nº E5A042E que se encontraba cargada con seis municiones, al oficial ayudante Fernando Blanco y el cabo Julio Alexis Huinchinao, cuando estos se aprestaban a identificarlos, para luego huir en una motocicleta marca Motomel de 150 c.c. que conducía Andrada. Perseguidos por los funcionarios policiales, al llegar intersección de las calles 129 y 300, Quiroz tiró la pistola que portaba”.

Por lo mencionado el juez falló “condenando a Alex Javier Quiroz (…) como autor material y penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el empleo de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada -tres hechos, legajos nº 26.418, 26.449 y 26.450-, amenazas agravadas, resistencia a la autoridad y portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal -legajo nº 26.465-, en concurso real, a la pena de seis años y ocho meses de prisión, la que unificada con lo que le resta cumplir de la pena impuesta por esta Audiencia de Juicio, mediante fallo nº 294, de fecha 27 de febrero de 2014, compone la pena única de siete años de prisión y costas, manteniendo la condición de reincidente y revocando la libertad asistida otorgada a partir del 26 de octubre de 2015 por el Juez de Ejecución Penal mediante fallo nº 741”.

También resolvió condenar a “Agustín Joel Andrada (…) como autor material y penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el empleo de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada -legajos nº 26.449- y resistencia a la autoridad -legajo nº 26.465- , en concurso real, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, imponiéndole las siguientes reglas de conducta que deberá cumplir durante un plazo de tres años: a) fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; b) abstenerse de acercarse a menos de doscientos metros de FES y de comunicarse por cualquier medio con él; c) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; d) concluir los estudios secundarios y e) realizar un tratamiento psicológico o psiquiátrico en orden a lo dictaminado por el médico Forense Dr. Marcos Koncurat”.

Por último absolvió a Andrada “respecto de la imputación que se le formulara como presunto autor de los delitos de amenazas agravadas y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal -legajo nº 26.465.”.