Tuvo sexo con una menor y lo mandaron a la cárcel

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16 Mayo, 2016 a las 13:15 hs.

La relación fue consentida, pero ella tenía 15 años y su inmadurez sexual no le permitía consentir la relación.



La sentencia la emitió ayer al mediodía el juez Florentino Rubio, que encontró culpable a un joven de un poblado vecino, de 26 años de edad, quien fue denunciado por los padres de la víctima. El juicio se realizó días atrás, donde la parte acusadora la llevó el fiscal Luciano Rebechi y la defensa estuvo en manos de la doctora María José Gianinetto.

Consideró el magistrado que “la prueba debatida permite tener por cierto que GS accedió carnalmente por vía anal a XXXX, aprovechándose de su inmadurez sexual en razón de su mayoría de edad. El abuso ocurrió el 5 de diciembre de 2014, aproximadamente entre las 14:30 y 15:00 horas, en el camino vecinal que se encuentra detrás del Hospital (…) de la localidad de BBBBBBBB, contando XXXX a esa fecha con 15 años de edad y GS con 24 años de edad”.

“El hecho investigado cae dentro de las previsiones del artículo 120 del Código Penal. El acceso carnal fue consentido por XXXXXXXXX, quien según surge del acta de nacimiento contaba en ese momento con 15 años de edad y GS con 24 años de edad. Este delito se caracteriza por la condición de la víctima que presta su consentimiento. Así, dicho artículo establece que el acto abusivo debe consumarse “aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente”.

En cuanto a la pena a imponer, el funcionario tuvo en cuenta que “según el Registro Nacional de Reincidencia GS no registra antecedentes y, que siendo el límite máximo para la jurisdicción en esta cuestión, el monto de pena solicitado por el fiscal, (…) y habiendo pedido el fiscal el mínimo de pena posible de aplicar por el delito que se condena a GS, resulta ocioso mensurar su monto en el marco de lo establecido en los artículos 40 y 41 del Código Penal, correspondiendo en consecuencia, imponerle la pena solicitada de tres años de prisión en suspenso”.

Además le aplicó las siguientes reglas de conducta, que deberá cumplir durante el plazo de tres años: “a) fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato; b) Abstenerse de acercarse a menos de doscientos metros a XXXX y de comunicarse por cualquier medio con ella y c) someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia en orden al delito por el que se lo condena”.

También aceptó la solicitud del fiscal Rebechi para que, una vez firme la condena, GS sea incluido en el Registro de Condenados por Delitos Sexuales.