Clausuran erróneamente Ciriaco: ya dieron marcha atrás con la medida

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5 Abril, 2016 a las 03:36 hs.

Funcionarios provinciales tomaron el domingo la decisión basándose en una ley provincial, cuando la que regía era una ordenanza local.



El pasado domingo, en horas de la madrugada, autoridades provinciales del Ministerio de Seguridad y de los diferentes municipios participaron de diferentes operativos en el marco de los intensos “Controles de Nocturnidad” que pregona el ministro Juan Carlos Tierno. La comitiva recorrió varios poblados y ciudades, entre ellas General Pico, donde sancionó a dos locales nocturnos.

Por un lado los funcionarios se dirigieron a un pub ubicado en calle 18 entre 17 y 19, porque presuntamente la música superaba los límites permitidos de volumen. Al llegar se toparon con gente bebiendo parada en la vereda, cuando las normativas prevén que lo hagan sentados y con mesas, de acuerdo a la habilitación con la que cuentan.

Posteriormente se dirigieron hacia el reconocido pub Ciriaco, ubicado en calles 24 y 23. Allí determinaron emitir una infracción, desalojar al público presente y clausurar el local, dado que presuntamente las normas prohíben la venta de alcohol después de las 5 horas.

El error

Desde el principio trascendió que la disposición se habría tomado de forma errónea, por lo que el propietario del lugar, el empresario Martín Balsa, se asesoró legalmente, realizó los trámites y rápidamente revirtió el castigo.

“Ya está levantada la clausura, vinimos a la Comisaría Segunda para no sacar la faja nosotros, pedimos que fueran ellos y con un testigo hicimos un acta”, contó a infopico.com, presente en el momento del levantamiento.

Sobre lo ocurrido el domingo, sostuvo que “el procedimiento estuvo todo mal hecho, es más clausuran sin hacer un acta de clausura. El motivo que esgrimen para tomar la medida está mal, porque la ordenanza no dice en ningún lugar que acá hay que dejar de vender alcohol a las 5 de la mañana, habla únicamente del horario de cierre que es el de las 6 de la mañana”.

Precisó que la confusión se dio porque las autoridades se basaron en una ley provincial, que prevé que al haber ordenanzas especificas son esas las que rigen. Además, se mostró molesto porque no le permitieron a sus empleados cerrar el gas y cortar la electricidad antes poner la faja, algo que habitualmente se hace ante estas situaciones para evitar accidentes.

“Ahora se me levantó la clausura, me llamó el abogado del Tribunal de Faltas que fuera a la Segunda y me acompañaran a sacarla”, agregó Balsa, quien cerca de las 19:30 horas de ayer logró revertir la situación y poder volver a abrir el salón de barrio Este. “Quiero destacar que desde la Policía y la Municipalidad se portaron de diez”, manifestó.

Por último, el vecino desmintió que el domingo cuando se desalojó a la gente se dieron incidentes, como informó otro medio digital a su consideración de forma “maliciosa”.

Las normativas

La sanción a Ciriaco fue aplicada por los funcionarios basándose en la Ley Provincial N° 1123/89, desconociendo que en el Artículo 3° prevé una excepción que permite a los municipios normar este tipo de lugares. “Si la misma materia fuera prevista por una disposición especial del presente Código y por una ley provincial, ordenanza o disposición de carácter general, se aplicará la primera, salvo los casos de competencia expresa de las autoridades municipales los que se regirán por sus respectivas ordenanzas”, sostiene el mencionado artículo.

Analizando lo dicho legalmente la que rige sobre los comercios locales es la Ordenanza 046/12, que en su apartado “Del consumo de bebidas alcohólicas”, en los artículos 20° y 21°, no menciona que haya un horario determinado para el expendio de las mismas, sino que solo está prohibido vender a menores de 18 años, la permanencia de mayores o menores alcoholizados y la promoción mediante diferentes formas del consumo de alcohol.

La única limitante real para la venta de alcohol, además de la edad del cliente, es el horario de cierre, previsto para las 6 horas, cuando a Ciriaco se lo clausuró a las 5 horas. En el apartado “De los horarios de cierre”, el Artículo 23° reza “el horario de cierre de los locales denominados discotecas, café-concert / Pubs, salones de bailes, fiestas y agasajos, peñas y clubes en los que se desarrollen espectáculos públicos será el que a continuación se detalla: Días hábiles, domingos y feriados: hasta las 6:00 horas. Días sábados y vísperas de feriados: hasta las 6:00 horas”.

En síntesis, por donde se lo mire, la clausura del local fue un error.