Investigan al ex fiscal Romero Oneto

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7 Febrero, 2016 a las 14:37 hs.

La jueza de control, María Florencia Maza, formalizó el viernes pasado la investigación fiscal preparatoria contra Enrique Manuel Romero Oneto, por la presunta comisión del delito de pornografía infantil, según información brindada por la oficina de prensa del STJ.



En la audiencia de formalización, que no fue pública porque en la investigación hay menores involucrados, la fiscala Leticia Pordomingo le solicitó a la jueza una serie de medidas a las que Maza hizo lugar.
Así, dispuso que se tome declaración a una menor a través de la Cámara Gesell , que se le realice al imputado el examen mental obligatorio que prevé el artículo 82 del Código Procesal Penal de La Pampa –cuando se trata de delitos de carácter sexual– y que se abran celulares, cámaras fotográficas, CDs, CPU y tarjetas de memoria que fueron secuestrados por el Ministerio Público Fiscal.
En cambio la magistratura rechazó la solicitud fiscal de ordenar la prisión preventiva de Romero Oneto -de profesión abogado, de 69 años-, por 30 días porque podría fugarse y/o obstaculizar la labor judicial, aunque dispuso una prohibición absoluta de acercamiento a menos de 200 metros de la menor y de su madre, “no pudiendo entrar en contacto con ellas ya sea en forma personal, tecnológico o por terceras personas, durante un mes, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de ordenarse su inmediata detención”.
En tanto, la defensora oficial Paula Arrigone requirió la inmediata libertad del imputado y, subsidiariamente, la sustitución de la prisión preventiva por una medida menos restrictiva y que se declare nula por actividad procesal defectuosa toda la prueba obtenida supuestamente de manera irregular. Sobre este último punto, Maza difirió su respuesta para más adelante.
La investigación se abrió a partir de una denuncia presentada el jueves contra Romero Oneto, quien desde ese y hasta ayer permaneció detenido.
El artículo 128 del Código Penal que, prima facie, la fiscalía le imputó a Romero Oneto detalla que será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores.
Y agrega que será reprimido con prisión de cuatro meses a dos años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización, y de un mes a tres años al que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de 14 años.