Prisión en suspenso por abuso sexual simple

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15 Octubre, 2015 a las 20:20 hs.

El juez de Audiencia Carlos Pellegrino condenó hoy a un hombre de  27 años de edad, oriundo de Rancul, a tres años de prisión en suspenso por el delito de “abuso sexual simple, agravado por la situación de convivencia” en perjuicio de la hermana de su pareja.

El hecho denunciado y probado por la Justicia ocurrió en el año 2012 pero recién fue llevado a juicio este año. Ocurrió en Rancul, en momentos en que la mamá de la víctima (de 12 años de edad) y su hermana (pareja del condenado) se habían ausentado de la casa.

El hombre subió entonces a la habitación de la niña, se acostó con ella y la manoseó. La acusación del fiscal Alejandro Gilardenghi había sido también de introducirle un dedo en la vagina.

Si se hubiese comprobado conformaría un delito más grave, “abuso sexual simple agravado y abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la convivencia”, con una expectativa de pena de al menos 8 años de prisión.

Sin embargo, el juez Pellegrino no dio por probado el hecho, teniendo en cuenta que pasó mucho tiempo desde el momento al juicio y que no hay ninguna otra prueba que el relato de la niña.

Por esa razón, condenó al hombre por el delito de abuso sexual simple agravado por la situación de convivencia, que tiene una pena mucho menor, y le impuso tres años de prisión en suspenso y medidas de convivencia.

Entre ellas, las de prohibición de acercamiento a la víctima, fijación de domicilio, la prohibición de comunicación, por cualquier medio con la misma y la realización de un tratamiento psicológico a fin de evitar nuevas conductas delictuales, previa acreditación de su necesidad, por el término de tres años. Para el magistrado, el delito se probó por el relato de la víctima, y por lo descripto en el informe de las pericias psicológicas.

“ Las secuelas que dejó, como el asombro que le produjo a la niña por lo inesperado del ataque de una persona con la que convivía y mantenía una buena relación, la decepción que le causó por tratarse de la pareja de su hermana, con quien debió pelearse por no haberle creído y sobre todo el hecho de que lo ocurrido resultaba ser la antesala de que algo peor pudiese pasarle y el miedo que lo mismo le pudiese suceder a su sobrino, debiendo remarcar trastornos en el sueño y un miedo recurrente”, afirmó Pellegrino en su fallo.